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La Orden de 24 de mayo de 1999, sobre colaboración de las entidades de depósito en la gestión recaudatoria (B.O.C. nº 78, de 16.6.99), modificada por Orden de 6 de julio de 1999 (B.O.C. nº 89, de 9.7.99) y por la Orden de 13 de julio de 1999 (B.O.C. nº 99, de 26.7.99), regula el actual procedimiento de recaudación a través de entidades colaboradoras.
Considerando la solicitud de autorización presentada por la entidad Caja de Ahorros de Cataluña para la prestación del servicio de recaudación.
En base a las estipulaciones contenidas en el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 1.684/1990, de 20 de diciembre; en la Orden de 24 de mayo de 1999, sobre colaboración de las entidades de depósito en la gestión recaudatoria, modificada por la Orden de 6 de julio de 1999 y por la Orden de 13 de julio de 1999; y en el artículo 20, apartado 2.b), del Decreto 338/1998, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda,
R E S U E L V O:
Primero.- Conceder la autorización a la entidad de depósito que se relaciona para la apertura de una cuenta restringida de recaudación por provincia, bajo la denominación de: "Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias. Cuenta restringida de colaboración en la recaudación", asignándole el número de autorización que se indica:
ENTIDAD: Caja de Ahorros de Cataluña.
NÚMERO DE AUTORIZACIÓN: 22.
Segundo.- La entidad autorizada para colaborar en el servicio de recaudación conforme a la presente Resolución comenzará a prestar sus servicios a partir del día siguiente a la publicación de la misma en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- La entidad autorizada para abrir cuentas restringidas comunicará a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, previamente al comienzo de la prestación del servicio, los códigos cuenta cliente asignados a las nuevas cuentas restringidas.
Cuarto.- Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Economía y Comercio en el plazo de un mes.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de febrero de 2001.- El Director General del Tesoro y Política Financiera, Alberto Amorós Mustafá.
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