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Habiendo sido intentada, mediante carta certificada con acuse de recibo, la notificación a Construcciones Sericar, S.L., de la imposición de sanción y apercibimiento de multa coercitiva con fecha 13 de diciembre de 2000, dictada en el expediente sancionador S-27/94, como consecuencia de la denuncia formulada contra la misma por infracción de la reglamentación vigente en materia de viviendas de protección oficial, no teniendo constancia de su recepción,
R E S U E L V O:
Notificar a Construcciones Sericar, S.L. la imposición de sanción y apercibimiento de multa coercitiva, con fecha 13 de diciembre de 2000, recaída en el expediente sancionador S-27/94, cuya parte dispositiva dice textualmente:
"En relación con el expediente S-27/94, le comunico para su conocimiento y efectos oportunos, que con esta fecha se ha procedido a remitir a la Consejería de Economía y Hacienda certificación de descubierto para la tramitación de su cobro por la cantidad de 250.000 pesetas, correspondientes al importe de la sanción impuesta por Resolución firme de esta Dirección General de Vivienda de fecha 7 de octubre de 1996.
Asimismo, se le apercibe de la obligación de atender a lo ordenado, a cuyos efectos se le concede un plazo de noventa días transcurrido el cual, si no cumpliese lo acordado, se procederá a la imposición de sucesivas multas coercitivas hasta la total realización de lo dispuesto, de conformidad con lo prevenido en el artº. 96.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero."
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de febrero de 2001.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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