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BOC Nº 034. Viernes 16 de Marzo de 2001 - 434

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

434 - ORDEN de 12 de marzo de 2001, por la que se aprueba el Plan Anual de Inspección Ordinaria de la Inspección General de Servicios para el año 2001.

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El Decreto 24/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Función Inspectora de la Inspección General de Servicios, según establece su artículo 1, regula las actuaciones y el ámbito funcional de dicho Centro Directivo en los aspectos concretos que atañen al desarrollo de la función inspectora, en el marco de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de los actos, organismos y empresas públicas que de ella dependen.

Dicho Reglamento preceptúa que la función inspectora se desarrolla, mediante planes de inspección ordinarios y actuaciones extraordinarias, a través de auditorías de gestión e informes.

Para la elaboración del Plan Anual de Inspección Ordinaria correspondiente al año 2001, y conforme establece el artículo 8.2 del citado Reglamento, se han tenido en cuenta las consultas realizadas a los diferentes Departamentos del Gobierno, así como las necesidades evidenciadas por la Inspección General de Servicios, conforme estipula el repetido artº. 8, y las contenidas en informes del Diputado del Común de Canarias.

En su virtud, a propuesta del Viceconsejero de Administración Pública, y de conformidad con lo establecido en el artículo 8.1 del Decreto 24/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Función Inspectora de la Inspección General de Servicios,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar el Plan de Inspección Ordinaria de la Inspección General de Servicios para el año 2001, a desarrollar por dicho Centro Directivo, que comprende la realización de las actuaciones que a continuación se expresan:

1. La observancia del sistema común de identificación en Organismos Autónomos y Entidades de Derecho Público, prevista en el artº. 5.4 del Decreto 70/1995, de 7 de abril.

2. Los servicios transferidos del Instituto Social de la Marina en materia de servicios sociales: Casas del Mar y sus servicios.

3. La Unidad de Tributos Cedidos en Santa Cruz de Tenerife de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio.

4. Los servicios de intermediaciones en el mercado de trabajo de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

Segundo.- Para el cumplimiento del Plan de Actuaciones, el Inspector General de Servicios aprobará un Programa comprensivo de las actuaciones encomendadas a los diferentes Inspectores.

Tercero.- Con carácter previo a toda actuación inspectora, ésta será comunicada por el Inspector General de Servicios al titular del Departamento del que dependan el servicio u organismo a auditar en los términos previstos en el artº. 17 del Decreto 24/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Función Inspectora de la Inspección General de Servicios.

Cuarto.- La presente Orden surtirá efecto a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de marzo de 2001.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA

E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,

Julio Bonis Álvarez.

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