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BOC Nº 030. Miércoles 7 de Marzo de 2001 - 363

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Comercio

363 - ORDEN de 28 de diciembre de 2000, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias, por el Ayuntamiento de Los Realejos (Tenerife) de un terreno de 14.000 metros cuadrados, situado en el Barrio de La Cruz Santa, con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

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Visto el procedimiento administrativo iniciado respecto a la aceptación de la cesión gratuita por el Excmo. Ayuntamiento de la Villa de Los Realejos de un terreno de 14.000 metros cuadrados situado en el Barrio de La Cruz Santa, de dicho término municipal, con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

Visto el acuerdo plenario adoptado por el Ayuntamiento de Los Realejos de fecha 27 de noviembre de 1998, por el que se acuerda ceder gratuitamente a la Comunidad Autónoma de Canarias el terreno referenciado.

Visto que el terreno se halla libre de cargas, y que forma parte de otra finca de mayor cabida de 20.993 m2 a segregar de esta última, la cual figura inscrita en el Registro de la Propiedad a favor del Ayuntamiento de Los Realejos y teniendo la citada Corporación plena disposición sobre el mismo.

Visto el informe del Servicio de Patrimonio de la Dirección General de Patrimonio y Contratación de la Consejería de Economía y Hacienda.

Vistos los informes de la Dirección General del Servicio Jurídico y de la Intervención General.

Considerando la conveniencia de aceptar la cesión gratuita referenciada con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

Visto el artículo 29.1 de la Ley Territorial 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el artº. 13.1 de la Ley 2/2000, de 17 de julio, de medidas económicas, en materia de organización administrativa y gestión relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de establecimiento de normas tributarias, y los artículos 77 y siguientes del Decreto 133/1988, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la misma, y demás normas de aplicación.

En virtud de las facultades que me confiere el artº. 17 del Decreto 338/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda,

D I S P O N G O:

Primero.- Aceptar la cesión gratuita a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias por el Ayuntamiento de Los Realejos del terreno que a continuación se describe con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria:

Rústica: trozo de terreno de 14.000 m2 situado en el lugar conocido por El Calvario de La Cruz Santa, cuyos linderos son: al norte, con Carretera a La Cruz Santa por El Mocán; al sur, con resto de la finca matriz de la que se segrega; al este, con calle en Proyecto y, al oeste, con tierras de D. Fernando Machado del Hoyo.

La parcela antes descrita, procede de otra finca, a segregar, de mayor cabida, que se describe a continuación:

Rústica: trozo de terreno sito en el término municipal de Los Realejos, paraje que nominan La Piñera y punto que dicen El Calvario, con una superficie de dos hectáreas, nueve áreas y noventa y tres centiáreas (20.993 m2). Linda: este, tierras de D. Juan Hernández López, D. Félix González Fernández y otras de D. Juan González Pérez; oeste, tierras de D. Francisco Machado; norte, Camino de La Cruz Santa al Realejo, y sur, tierra de D. Agustín Fernández Acosta y Dña. María Fernández Luis. Referencia catastral: 380310000001200010JH.

Segundo.- El inmueble que se acepta deberá ser incorporado al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Canarias, afectarse al Departamento interesado e inscribirse en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Tercero.- Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo; y todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de diciembre de 2000.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

Adán Martín Menis.

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