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BOC Nº 028. Viernes 2 de Marzo de 2001 - 347

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Comercio

347 - ORDEN de 15 de febrero de 2001, por la que se aprueban las tarifas correspondientes a la tasa del servicio público de abastecimiento de aguas, propuestas por el Ayuntamiento de Gáldar (Gran Canaria), a instancia de la Sociedad Anónima Municipal Galobra, para su aplicación en dicho municipio.

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Vista la petición formulada por el Excmo. Ayuntamiento de la ciudad de Gáldar, a instancia de la Sociedad Anónima Municipal Galobra, en solicitud de incremento de las tarifas correspondientes a la tasa del servicio público de abastecimiento de aguas, para su aplicación en el municipio.

RESULTANDO

Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, que lo emitió en su sesión plenaria celebrada el 14 de febrero de 2001, dictaminando favorablemente las tarifas solicitadas por el citado Ayuntamiento, todo ello sobre la base de las consideraciones reflejadas en el acta de la sesión y en el informe del Grupo de Trabajo que acompaña la presente y serán debidamente notificados a los interesados, quedando como a continuación se reflejan:


Concepto Tarifa pesetas Tarifa euros

Consumo doméstico:

Mínimo 9 m3 1.500 9,01

De 10 a 15 m3 181 1,9

De 16 a 20 m3 265 1,6

De 21 a 35 m3 350 2,10

Más de 35 m3 450 2,70

Consumo comercial:

De 0 a 8 m3 2.120 12,74

Más de 8 m3 450 2,70

Consumo industrial:

Mínimo 8 m3 2.472 14,9

Más de 8 m3 580 3,48

Consumo municipal:

Mínimo 5.000 m3 125 0,75

Más de 5.000 m3 350 2,10

Consumo cubas:

Mínimo 8 m3 285 1,71

Más de 8 m3 285 1,71

CONSIDERANDO


Que el expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto Territorial 64/2000, de 25 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de los bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento de la liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios.

Vistos los Decretos Territoriales 10/2001, de 29 de enero, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías; 12/2001, de 30 de enero, por el que se determina la estructura central y periférica así como las sedes de las consejerías de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica; 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, que mantiene su vigencia con base a lo establecido en la Disposición Transitoria Única del Decreto 12/2001, de 30 de enero; el 23/2001, de 6 de febrero, por el que se modifica parcialmente el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio, aprobado por el Decreto 338/1995, de 12 de diciembre, y demás disposiciones concordantes,

D I S P O N G O:

Aprobar las tarifas correspondientes a la tasa por el servicio público de abastecimiento de aguas para el municipio de Gáldar, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas y se aplicarán a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación o publicación de la presente resolución; o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente a su notificación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de febrero de 2001.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,

HACIENDA Y COMERCIO,

Adán Martín Menis.

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