Se hace público el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada por el Ayuntamiento Pleno el día 28 de diciembre de 2000, aprobando definitivamente el Plan Parcial del Suelo Apto para Urbanizar-2 (R) Sector 5, El Roque, promovido por este Ayuntamiento, cuyo texto es el siguiente en su parte dispositiva:
"4º.- APROBACIÓN DEFINITIVA, SI PROCEDE, DEL PLAN PARCIAL DEL S.A.U.-2 (R) SECTOR 5. EL ROQUE.
Dña. Encarnación Ruiz Alonso, Concejal Delegada de la Comisión de Obras, Urbanismo y Medio Ambiente, dio lectura al dictamen de dicha Comisión en el que se contiene la propuesta de acuerdo que se somete a aprobación.
Abierto el debate por el Sr. Presidente, solicitan la palabra los Señores Concejales, cuyas intervenciones se resumen a continuación.
Finalizado el debate, por la Presidencia se somete a votación la propuesta de acuerdo debatida y preguntados los Señores Concejales por su intención de voto, dio el siguiente resultado: votos a favor dieciséis (10 P.S.O.E., 2 C.C., 3 P.P. y 1 Grupo Mixto) y abstención cinco (3 B.N.R. y 2 U.P.G.), por lo que con este resultado el Señor Alcalde declaró adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar definitivamente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 35.3 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, el Plan Parcial del Suelo Apto para Urbanizar-2 (R), Sector 5 "El Roque", en el término municipal de Gáldar, promovido por el Ayuntamiento de Gáldar, debiendo entenderse incorporadas, como determinaciones propias del Plan, las condiciones contenidas en el informe del Servicio Insular de Planeamiento del Cabildo de Gran Canaria de 24 de octubre de 2000; la Orden Departamental del Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias nº 917, de fecha 8 de noviembre de 2000, y el informe de 27 de noviembre de 2000 del Área de Obras Públicas del Cabildo de Gran Canaria emitido en cumplimiento del artículo 16.2 de la Ley 9/1991, de Carreteras de Canarias.
Segundo.- Entender resueltas las alegaciones formuladas durante el trámite de información pública en los mismos términos en que lo fueron en la aprobación provisional por la Comisión Municipal de Gobierno en sesión celebrada el día 21 de junio de 2000, debiendo notificarse a todos y cada uno de los interesados personados en el expediente administrativo, con indicación expresa de las causas que justifican la resolución de sus pretensiones.
Tercero.- El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias. Asimismo, a tenor de lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se deberá proceder a la íntegra publicación de la normativa urbanística del Plan en el Boletín Oficial de la Provincia, sin cuyo requisito no se producirá su entrada en vigor."
Contra el anterior acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Ayuntamiento en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo en el último Boletín Oficial en el que aparezca inserto, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En el supuesto caso de que se interpusiera el recurso de reposición, hasta que no se resuelva éste de forma expresa o presunta, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo.
Gáldar, a 16 de enero de 2001.- El Alcalde, Demetrio Suárez Díaz.
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