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Habiendo sido intentada, mediante carta certificada con acuse de recibo la notificación a Dña. Mónica López Méndez, del informe con fecha 30 de junio de 1999, dictado en el expediente sancionador S-11/99, como consecuencia de la denuncia formulada contra la misma por infracción de la reglamentación vigente en materia de viviendas de protección oficial, no teniendo constancia de su recepción.
R E S U E L V O:
Notificar a Dña. Mónica López Méndez el escrito con fecha 30 de junio de 1999, recaído en el expediente sancionador S-11/99, cuya parte dispositiva dice textualmente:
"En relación con el expediente arriba referenciado que por denuncia de Dña. Mónica López Méndez se tramita en esta Dirección General de Vivienda, por los defectos constructivos existentes en la vivienda sita en calle El Sauzal, 76, 1º, Finca España, en el término municipal de La Laguna, de Protección Oficial, Promoción Privada, y una vez intentada visita de inspección por nuestros Servicios Técnicos, se ha realizado el informe que a continuación se transcribe:
No se ha podido visitar la vivienda de referencia, comprobar el estado de las obras de reparación ordenadas, al estar siempre ausente sus moradores. Se deja notificación para que se pongan en contacto con el técnico que suscribe para concretar fecha y hora de la nueva visita de inspección."
Lo que se le traslada, para que se ponga en contacto con dicho técnico. Concediéndole un plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Advirtiéndole, que dado que el mismo lleva paralizado más de tres meses, se va a acordar la caducidad al amparo del artículo 92 de la misma Ley.
Santa Cruz de Tenerife, a 22 de marzo de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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