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BOC Nº 025. Viernes 23 de Febrero de 2001 - 321

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Otras Administraciones - Universidad de La Laguna

321 - RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2001, por la que se resuelve el concurso para la provisión de puestos de trabajo de los Grupos C y D de esta Universidad.

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Por Resolución de 12 de septiembre de 2000 (B.O.C. de 13 de octubre) se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo de los Grupos C y D del personal funcionario de esta Universidad.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, vistas las solicitudes presentadas, la valoración de los méritos alegados y la propuesta elevada a este Rectorado por la correspondiente Comisión de Valoración de los puestos de trabajo a adjudicar de la Relación de Puestos de Trabajo de la Universidad de La Laguna.

Este Rectorado, de conformidad con las competencias que le confiere el artículo 141.d) de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, aprobados por Decreto 230/2000, de 22 de diciembre (B.O.C. de 29 de diciembre); lo establecido en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, ha resuelto:

Primero.- Aprobar la adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en el anexo a esta Resolución.

Segundo.- Los destinos adjudicados, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo, tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generarán derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino, bien por el procedimiento de libre designación o por concursos convocados por otros Organismos Públicos; en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, estarán obligados a comunicar por escrito la renuncia al puesto adjudicado y la opción ejercida, con indicación del Departamento en el que hubieren obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de nombramiento.

Tercero.- El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Resolución.

Cuando los funcionarios afectados por la presente Resolución se encuentren disfrutando licencias o permisos, les será de aplicación lo especificado en el artículo 48 del vigente Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo, por lo que se refiere al cómputo de plazos de cese y posesión. Estos mismos preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese y/o incorporación al nuevo destino.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, pudiendo interponerse, no obstante, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo establecido en el artº. 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, 13 de enero.

La Laguna, a 24 de enero de 2001.- El Rector, José S. Gómez Soliño.

Ver anexos - páginas 2166-2167

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