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ANTECEDENTES DE HECHO
Se advierte error material en la lista definitiva con los aspirantes que han superado la primera fase de los procedimientos selectivos para adquirir la condición de personal fijo en el Grupo V, sujetos a régimen jurídico laboral en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, expuesta en los tablones de anuncios de la Dirección General de la Función Pública y en las Oficinas Centrales de Información y Registro de los Edificios Administrativos de Usos Múltiples de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria y en los Registros y Oficinas de Información de los Cabildos Insulares.
FUNDAMENTO JURÍDICO
El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dispone que la Administración podrá rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Vistos los preceptos de aplicación y en virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Rectificar el error advertido en los términos establecidos en el anexo a la presente Resolución.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, o bien interponer el recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que tenga lugar su publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de febrero de 2001.- La Directora General de la Función Pública, Cristina de León Marrero.
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