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BOC Nº 023. Lunes 19 de Febrero de 2001 - 489

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

489 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 15 de diciembre de 2000, del Director, relativo a notificación de requerimiento de documentación justificativa de la subvención concedida a la empresa Limpiezas Siete Islas, S.L.- Expte. nº 9.069/98.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación del requerimiento de la subvención citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la empresa Limpiezas Siete Islas, S.L., se hace saber a la misma que con fecha 23 de febrero de 2000 fue efectuada la notificación del requerimiento del tenor literal siguiente:

"En relación con la subvención concedida a la entidad Limpiezas Siete Islas, S.L., por importe de cuatrocientas mil (400.000) pesetas, en virtud de Resolución del Ilmo. Sr. Director del Instituto Canario de Formación y Empleo nº 1869, de fecha 25 de noviembre de 1998, por la creación de un nuevo puesto de trabajo con carácter indefinido, de las previstas en el "Programa A", de la Resolución de 20 de agosto de 1998, del Presidente, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo y la economía social, y a efectos de tramitar la justificación de dicha subvención, cúmpleme comunicarle lo siguiente:

Según se especifica en el punto sexto, apartados i) y j), de la parte resolutiva de la mencionada Resolución, el beneficiario de la subvención estará obligado a tener cubierto el/los puesto/s de trabajo objeto de la subvención, como mínimo durante los dieciocho meses siguientes a la fecha de la concesión de la subvención, y a mantener el nivel de empleo de los centros de trabajo de la empresa radicados en Canarias durante el mismo tiempo, de manera que la plantilla de trabajadores fijos se incremente, al menos, con los trabajadores contratados y subvencionados.

Al objeto de justificar el cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior, los perceptores de las subvenciones deberán presentar ante el ICFEM, cada nueve meses, contados a partir de la fecha de concesión de la subvención y hasta que finalice la obligación de justificar, la siguiente documentación:

- Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que el beneficiario de la subvención está al corriente en los pagos, así como la relación de trabajadores y el tipo de contratos por los que ha cotizado la empresa, o bien, TC1 y TC2 de la empresa.

- Libro de matrícula.

Por todo ello se le requiere para que en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de recepción del presente requerimiento, remita a este Organismo, original y dos copias para su compulsa o dos copias debidamente compulsadas de la documentación especificada en el apartado anterior.

Se le advierte que de no presentar la documentación requerida dentro del plazo señalado, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro, conforme a lo previsto en el Capítulo IV del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias."

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de diciembre de 2000.- El Director, p.d., la Subdirectora de Empleo (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), María Teresa Covisa Rubia.

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