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En el apartado tercero de dicha convocatoria se establece que el plazo para la presentación de solicitudes de programación será de veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
El artículo 49.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
Considerando las múltiples peticiones realizadas ante el ICFEM en orden a la prórroga del plazo de presentación de solicitudes, fundamentadas en la necesidad de contar con un plazo mayor para formalizar las solicitudes de participación de entidades y centros colaboradores de dicho Instituto en la programación anual de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondiente al año 2001, dadas las novedades introducidas en la convocatoria del presente año,
Es por lo que
R E S U E L V O:
Primero.- Se amplía a 30 días el plazo para la presentación de solicitudes de programación establecido en al apartado tercero de la Resolución de 18 de enero de 2001, del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo, por la que se convoca la participación de entidades y centros colaboradores de dicho Instituto en la programación anual de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondiente al año 2001.
Segundo.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Resolución no será susceptible de recurso.
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de febrero de 2001.- El Presidente, Marcial Morales Martín.
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