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BOC Nº 020. Lunes 12 de Febrero de 2001 - 240

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Comercio

240 - Dirección General de Tributos.- Resolución de 15 de enero de 2001, por la que se informa sobre la actualización de los tipos variables de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 7/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2001.

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El artículo 47.1 de la Ley 7/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el año 2001, establece un incremento en un 2 por ciento de los tipos impositivos de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Siendo de interés para los centros gestores de las tasas y para los ciudadanos en general conocer de manera cierta los tipos variables actualizados de las tasas a percibir por esta Comunidad Autónoma, es por lo que este Centro Directivo dicta la presente Resolución, conforme al artículo 24.1 del Decreto 338/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, que establece que la Dirección General de Tributos es el órgano superior encargado de la dirección, coordinación y control de la gestión de los tributos propios y, al apartado 2.k) del citado artículo, que le atribuye la organización, dirección y coordinación de la información a los contribuyentes en materia fiscal de carácter general.

En virtud de todo, se dicta la siguiente Resolución.

Disposición única.- Los tipos variables actualizados de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias, son los siguientes:

Tasa por el otorgamiento y renovación de las concesiones de autorizaciones para la instalación y funcionamiento de estaciones radiofónicas con modulación de frecuencia.

Artículos 51 a 54 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.

Ver anexos - página 1722

asa por la gestión técnica facultativa de los servicios agronómicos.

Artículos 59 a 63 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.

Ver anexos - página 1722

asa por la prestación de servicios facultativos veterinarios.

Artículos 64 a 68 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.

Ver anexos - página 1723

asa por la dirección e inspección de obras.

Artículos 73 a 76 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.

Ver anexos - página 1723

asa por el examen para la aprobación de libros de texto y lectura y de material didáctico.

Artículos 87 a 90 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.

Ver anexos - página 1723

asa por la dirección e inspección de obras.

Artículos 95 a 98 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.

Ver anexos - página 1723

asa por la redacción de proyectos, confrontación y tasación de obras y proyectos.

Artículos 99 a 103 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.

Ver anexos - página 1723

asa por el examen de proyectos y certificaciones e inspección de obras de viviendas de protección oficial.

Artículos 108 a 111 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.

Ver anexos - página 1723

asas por servicios prestados en los puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 115 bis Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.

Ver anexos - página 1724

asa por la gestión técnico-facultativa de los servicios forestales.

Artículos 124 a 127 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.

Ver anexos - página 1724

asa por servicios sanitarios.

Artículos 132 a 135 Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio.

Ver anexos - página 1724

as Palmas de Gran Canaria, a 15 de enero de 2001.- El Director General de Tributos, José María Vázquez González.

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