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BOC Nº 015. Miércoles 31 de Enero de 2001 - 135

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

135 - ORDEN de 29 de diciembre de 2000, de la Consejería de Presidencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A), de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 99/1992, de 11 de junio (B.O.C. nº 79, de 17.6.92) y en el Decreto 316/1996, de 23 de diciembre (B.O.C. nº 168, de 28.12.96), por los que se aprueban las respectivas Ofertas de Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1992 y 1996, procede convocar las correspondientes pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A), de esta Administración, que se llevarán a cabo mediante el sistema de concurso-oposición.

De conformidad con los artículos 71 y siguientes de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, así como el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Emitido informe por la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público, sobre la adecuada cobertura presupuestaria de las plazas convocadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 14/1999, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2000.

Vistos los informes de la Dirección General del Servicio Jurídico y de la Dirección General de la Función Pública.

En el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 6.2.i) de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, y en el artículo 7.1.i) del Decreto 278/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- En virtud del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega la competencia para dictar la resolución de admitidos y excluidos a la que se refiere la presente convocatoria en la Directora General de la Función Pública.

Tercero.- Las citadas pruebas selectivas se regirán por las siguientes

BASES

1.- Objeto.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir ocho (8) plazas del Cuerpo Superior de Administradores (Grupo A), pertenecientes a la Escala de Administradores Financieros y Tributarios, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

1.2. De las citadas ocho (8) plazas, se reservarán cuatro (4) para el turno general de acceso libre, y otras cuatro (4) para el turno de promoción interna; correspondiendo dos (2) plazas a la promoción interna desde un Cuerpo o Escala del Grupo B y las dos (2) restantes a la promoción interna desde un Cuerpo o Escala del Grupo A.

1.3. Las plazas reservadas para los funcionarios que concurran por el turno de promoción interna no cubiertas con dichos aspirantes, por no superar la calificación mínima exigida, tendrán que acumularse al turno general de acceso libre.

1.4. Los aspirantes que ingresen por el turno de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes de la presente convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de dicho turno, tal como previene el artículo 78 del citado Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Para la asignación de destinos también habrá de tenerse en cuenta lo previsto en el Decreto 143/1990, de 31 de julio, por el que se regula la asignación de destino a los funcionarios de la Administración de esta Comunidad Autónoma que superen pruebas selectivas para ingreso en Cuerpos o Escalas de la misma.

1.5. Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los turnos.

1.6. La selección se efectuará por el sistema de concurso oposición.

1.7. El Programa que ha de regir las pruebas selectivas correspondientes a la fase de oposición es el que figura en el anexo I de esta convocatoria.

1.8. Las pruebas selectivas se regirán por la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y por lo dispuesto en las presentes bases.

2.- Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

d) No padecer enfermedad o estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.2. Aquellos aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B o a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo A de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, o bien ser funcionarios de Cuerpos o Escalas del Grupo B o Grupo A del Estado, de otras Comunidades Autónomas o de las Corporaciones Locales canarias que se encuentren ocupando un puesto de trabajo obtenido mediante concurso o libre designación en la Administración de esta Comunidad Autónoma, y tener, asimismo, una antigüedad de al menos dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos, o Escalas de los Grupos B o A, serán computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas pruebas por el turno de promoción interna.

2.3. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3.- Aspirantes con minusvalía física, psíquica o sensorial.

3.1. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

3.2. Dichos aspirantes deberán aportar en el momento de presentar la solicitud, la certificación de reconocimiento de grado de minusvalía a tenor de lo regulado en el Real Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (B.O.E. nº 22, de 26.1.00; c.e. B.O.E. nº 62, de 13.3.00).

3.3. Además tendrán que alegar de forma expresa, al tiempo de presentar la correspondiente solicitud, qué tipo de minusvalía padecen y qué adaptaciones necesitan para la realización de los ejercicios, tal como previenen los artículos 1.2 y 5.2 del Decreto 43/1998, de 2 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo IV, Título VI, de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, regulador del sistema de acceso de personas con minusvalía para la prestación de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de fomento para su integración laboral. De otra parte, tal como previene el artículo 5.3 del mencionado Decreto 43/1998, cuando la disminución acreditada del aspirante afecte a su capacidad productiva o mecánica para el desarrollo de las pruebas o ejercicio de que se trate en el tiempo señalado, podrá admitirse excepcionalmente la ampliación en un tercio del tiempo previsto para su realización. Tales extremos tendrán que ser acreditados mediante certificación vinculante del equipo multiprofesional previsto en el citado Decreto 43/1998, en la que asimismo deberá constar que están en condiciones de cumplir las tareas fundamentales de los puestos de trabajo a que aspiran y las adaptaciones necesarias de dichos puestos. La certificación habrá de ser presentada junto con la solicitud de participación. De no ser posible la presentación de dicha certificación dentro del plazo de solicitudes, se deberá aportar al menos el justificante de haberla solicitado. En este caso los aspirantes tendrán que aportar la certificación dentro del plazo de subsanación de defectos a que se refiere la base quinta.

4.- Solicitudes.

4.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán dirigir su solicitud a la Consejería de Presidencia en instancia según modelo que se acompaña como anexo III a la presente convocatoria, que será facilitada gratuitamente en las Oficinas de la Dirección General de la Función Pública, instaladas en la calle José de Zárate y Penichet, 3, Edificio Arco Iris, 1ª planta, Residencial Anaga, Santa Cruz de Tenerife, y en las Oficinas Centrales de Información y Registro dependientes de la Consejería de Presidencia, sitas en los Edificios Administrativos de Usos Múltiples, ubicados en la Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Las Palmas de Gran Canaria, y en la calle José Manuel Guimerá, 8 (II), Santa Cruz de Tenerife. Asimismo, podrá presentarse la solicitud a través de fotocopia por duplicado del citado modelo que figura como anexo III. La solicitud de admisión a la oposición podrá ser presentada en dichas Oficinas.

Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente mencionada, y en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

4.2. El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

4.3. A las instancias solicitando tomar parte en las pruebas se acompañará inexcusablemente el recibo acreditativo del pago de los derechos de examen, cuyo importe se encuentra señalado en el apartado siguiente de esta base, y su abono se efectuará mediante el impreso "documento de ingreso" que se facilitará en las oficinas mencionadas en el apartado 4.1 anterior, así como en las Tesorerías Insulares de Fuerteventura, Lanzarote o La Palma o en las Administraciones Tributarias Insulares de El Hierro o La Gomera.

4.4. El importe de la tasa a satisfacer para participar en la presente convocatoria es de dos mil novecientas diecisiete (2.917) pesetas, según lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, actualizado conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 14/1999, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2000, y su ingreso podrá efectuarse en cualquier Banco o Caja de Ahorros que tenga la calificación de Entidad Colaboradora, mediante el impreso "documento de ingreso". En las solicitudes presentadas fuera del ámbito de esta Comunidad Autónoma se podrá satisfacer la tasa mediante giro postal o telegráfico a favor de la Dirección General de la Función Pública, acompañando el resguardo del citado giro a la instancia.

4.5. En todo caso, los aspirantes habrán de cumplir todos los méritos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

5.- Admisión de aspirantes.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Dirección General de la Función Pública dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En todo caso, si las características del proceso selectivo lo permiten, no será preceptiva la exposición al público de las listas de aspirantes admitidos. En este sentido, en la citada resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, se indicará el plazo para subsanación de defectos, que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del artículo 20.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se concede a los aspirantes excluidos, así como las causas de exclusión. Asimismo, dicha resolución indicará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

5.2. Los aspirantes que dentro del plazo de subsanación de defectos, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas.

5.3. No obstante, los aspirantes por el turno de promoción interna que hubieren sido excluidos, y no acrediten en el citado plazo que reúnen los requisitos específicos previstos en la base 2.2, quedarán incluidos en el turno libre, siempre que reúnan los requisitos de carácter general.

6.- Tribunal Calificador.

6.1. Se constituirá un Tribunal Calificador compuesto de cinco miembros. Cada uno de los miembros del Tribunal Calificador tendrá un suplente.

6.2. La designación de los miembros del Tribunal Calificador y sus suplentes se hará por Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2.d) del Decreto 278/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, publicándose dicha Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán poseer titulación académica igual o superior a la exigida a los aspirantes y adecuada al área de conocimiento necesaria para poder enjuiciarlos y no estará formado mayoritariamente por miembros del Cuerpo objeto de las pruebas.

6.3. El Tribunal Calificador podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, siendo necesaria, en todo caso, la asistencia del Presidente y el Secretario. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

En lo no previsto en la presente convocatoria, el procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.4. Previa convocatoria del Presidente correspondiente, el Tribunal Calificador celebrará su sesión de constitución antes de la realización del primer ejercicio de la oposición, y en dicha sesión acordará todas las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

6.5. Los miembros del Tribunal Calificador y, en su caso, el personal colaborador tendrán derecho a percibir las indemnizaciones o dietas que les correspondan en relación a los servicios y a los derechos de asistencia que se atribuyen a los Tribunales de la categoría primera (Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, sobre indemnizaciones por razón del servicio; B.O.C. nº 137, de 22.10.97). El número máximo de asistencias a devengar por los miembros del Tribunal será de quince. A estos efectos, el Secretario del Tribunal expedirá certificación acreditativa de cada una de las sesiones del Tribunal y de las personas asistentes a las mismas.

6.6. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estuvieran incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, debiendo notificar la concurrencia de cualquiera de estas circunstancias al Director General de la Función Pública. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran en el mismo las circunstancias previstas en este apartado.

6.7. La Dirección General de la Función Pública podrá nombrar funcionarios públicos para colaborar en el desarrollo del proceso de selección. Dicho personal limitará su actuación, bajo las instrucciones del Presidente del Tribunal, al desarrollo de tareas de llamamiento de aspirantes, entrega y recogida de documentos y otras análogas. La relación del personal colaborador se expondrá, en lista certificada por el Secretario del Tribunal, en el lugar de celebración de cada ejercicio de la oposición, antes del inicio del mismo.

6.8. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

6.9. Tendrán representación ante el Tribunal Calificador las Centrales Sindicales de mayor implantación y representatividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el ámbito de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionario. Los representantes sindicales, cuyo número no será en ningún caso superior a tres, podrán recabar información del Tribunal y hacer constar, en su caso, cualquier cuestión que afecte al procedimiento de selección.

7.- Sistema selectivo.

El proceso selectivo se llevará a cabo por el sistema de concurso-oposición, que constará de dos fases: oposición y concurso. Sólo quienes superen la primera pasarán a la segunda que no será eliminatoria. La suma de la puntuación obtenida en ambas fases será la que determine el orden final de los aspirantes, quedando seleccionados de entre los mismos y por dicho orden, un número de aspirantes igual al de plazas convocadas, como máximo.

8.- Fase de oposición.

8.1. La oposición constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios y uno voluntario para los aspirantes del turno libre, así como de dos ejercicios igualmente obligatorios y eliminatorios y uno voluntario para los del turno de promoción interna, quedando estos últimos exentos de la realización del primer ejercicio. En todo caso, la aplicación de dicha exención a los aspirantes que provienen de un Cuerpo o Escala del Grupo B, solamente podrá realizarse si se acredita que ya fueron examinados, en las pruebas de ingreso al Cuerpo o Escala de origen, de las mismas materias sobre las que versa el primer ejercicio de la oposición. A tal efecto, se deberá aportar, junto con la solicitud de admisión al presente proceso selectivo, documento acreditativo de tal circunstancia.

8.2. El primer ejercicio, del que estarán exentos los aspirantes que opten por el turno de promoción interna, consistirá en contestar por escrito, en el plazo máximo que el Tribunal señale, un cuestionario con respuestas alternativas de 50 preguntas con cinco posibles respuestas en cada pregunta en las que solamente una de ellas será la correcta, sobre materias de Derecho Constitucional y Organización Administrativa, Derecho Administrativo, Derecho de Canarias y Derecho Comunitario que figura en el anexo I de la presente convocatoria, bajo el apartado Temas Generales.

Para la corrección del presente ejercicio se establece que por cada dos respuestas incorrectas se eliminará una de las correctas. Cada respuesta correcta será valorada con 0,2 puntos. La puntuación total de este ejercicio será de diez puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de cinco puntos para superarlo. De este primer ejercicio quedan exentos los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna.

8.3. El segundo ejercicio consistirá en resolver, en el plazo máximo de cuatro horas, dos supuestos, uno sobre cada una de las siguientes materias:

a) Contabilidad general.

b) Gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Canarias.

A dicho ejercicio podrán concurrir los opositores provistos de máquina calculadora y de los textos legales y repertorios legislativos que no tengan comentarios, anotaciones o exposiciones doctrinales o jurisprudenciales. El Tribunal eliminará de la prueba a los aspirantes que contravengan tal disposición.

La puntuación máxima de este ejercicio será de diez puntos, debiendo alcanzarse un mínimo de cinco puntos para superarlo.

8.4. El tercer ejercicio consistirá en exponer oralmente, en un período máximo de cuarenta y cinco minutos, tres temas extraídos al azar de los Temas Específicos, relacionados en el anexo I, inmediatamente antes de su inicio, de la siguiente forma:

- Un tema del bloque de materias de "Hacienda Pública, Economía, Contabilidad y regulación de la actividad económica".

- Un tema del bloque de materias de "Derecho Financiero, Contabilidad Pública y Auditoría".

- Un tema del bloque de materias de "Derecho Tributario y Sistema Fiscal".

Una vez extraídos los temas el aspirante dispondrá de diez minutos para prepararlos antes de su exposición.

La realización de esta prueba será pública.

Si el Tribunal apreciara deficiencia notoria en la actuación del aspirante, podrá invitarle a que desista de continuar el ejercicio.

Concluida la exposición de los temas desarrollados por el aspirante, el Tribunal podrá formularle cuantas preguntas estime necesarias para aclaraciones o precisiones en relación con los temas expuestos.

La puntuación máxima de este ejercicio será de diez puntos, debiendo alcanzarse un mínimo de cinco puntos para superarlo.

9.- Comienzo y desarrollo de las pruebas.

9.1. El primer ejercicio de la oposición se celebrará en el lugar, fecha y hora señalados en la Resolución prevista en la base quinta.

9.2. La convocatoria para el ejercicio siguiente se efectuará por el Tribunal mediante resolución de su Presidente que se expondrá al público en las oficinas de la Dirección General de la Función Pública, en las Oficinas Centrales de Información y Registro y en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal con, al menos, veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación del siguiente ejercicio.

9.3. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

9.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, quedando decaídos en su derecho los que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del mismo, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal, y los casos de fuerza mayor, pudiendo disponer, en tales circunstancias, la realización de una convocatoria extraordinaria.

9.5. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra B, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 (B.O.E. nº 54, de 3.3.00).

9.6. Los aspirantes deberán concurrir a cada ejercicio de la oposición provistos de su Documento Nacional de Identidad, o documento fidedigno acreditativo de su identidad, a juicio del Tribunal. En cualquier momento los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad.

9.7. Corresponde al Tribunal velar por el correcto desarrollo del procedimiento selectivo y la consideración y apreciación de las incidencias que pudieran surgir, resolviendo mediante decisión motivada en relación con la interpretación y ejecución de las presentes bases, y supliéndolas en todo lo no previsto.

10.- Calificaciones de la fase de oposición.

10.1. La calificación de cada parte del ejercicio de la oposición deberá efectuarse mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal Calificador, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas por el Tribunal en cada parte del ejercicio y las totales deberán reflejarse en las correspondientes actas.

10.2. La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las distintas fases que la configuran; debiendo alcanzar los aspirantes que opten por el turno libre un mínimo de quince puntos, y los que vayan por el turno de promoción interna un mínimo de diez puntos, para entenderla superada.

11.- Fase de concurso.

11.1. A los aspirantes que superen la fase de oposición les serán valorados los méritos que se indican en las bases 12, 13 y 14, con el límite total de cuatro puntos, conforme al baremo que se indica con referencia a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

11.2. A tal fin les será requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes que superen el tercer ejercicio, la justificación de los méritos a los que se hacen referencia en las bases 12 a la 14.

11.3. Acreditación de los méritos. El sistema de acreditación de los méritos será el siguiente:

11.3.1. La antigüedad y grado personal reconocido se habrán de acreditar mediante certificación, ajustada al modelo que se inserta como anexo II, que será expedida por la Secretaría General Técnica correspondiente, Secretaría General o Jefatura de Personal de la Consejería o Departamento en que viniere prestando servicios.

11.3.2. La acreditación de la experiencia profesional en la Administración Pública se llevará a cabo mediante certificado expedido por la Administración, acreditativo de los servicios prestados, en el que se especificará el tiempo exacto de duración de los mismos, así como el tipo de funciones y tareas desempeñadas.

11.4. Dichos documentos deberán aportarse por los aspirantes mediante instancia dirigida al Director General de la Función Pública, y presentarse en el plazo de diez días naturales a contar desde la fecha en que se haga pública la antedicha resolución, en las oficinas mencionadas. De optar por la realización del cuarto ejercicio voluntario y de mérito al que se refiere la base 14, se habrá de consignar dicha opción en la antedicha instancia, indicando con claridad el idioma elegido.

12.- Fase de concurso del turno de promoción interna.

12.1. Antigüedad. La antigüedad del funcionario en los Cuerpos que se mencionan en la base 2.2 de esta convocatoria, se valorará hasta un máximo de dos puntos, asignándose 0,05 puntos por mes completo de servicios efectivos (0,6 puntos/año), computándose desde el nombramiento, o fecha a que se retrotraiga el reconocimiento de servicios previos en aquellos Cuerpos en que se hubiere efectuado, de acuerdo con lo previsto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

12.2. Grado personal. El grado reconocido será puntuado hasta un máximo de dos puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

- Grado 22: 0,4 puntos.

- Por cada unidad que exceda del grado 22, se concederán 0,2 puntos adicionales.

12.3. Cursos. Por haber participado con aprovechamiento en cursos de formación, perfeccionamiento o especialización profesional, dirigidos a funcionarios de Cuerpo o Escalas de los Grupos A o B sobre Administración Pública o Informática, organizados por el Instituto Canario de Administración Pública, Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto de Estudios de Administración Local o cualquier otro centro de formación o perfeccionamiento de funcionarios, se concederán 0,05 puntos cuando tuvieran una duración igual o superior a 20 horas lectivas, y 0,025 puntos en otro caso, con un máximo total de 0,2 puntos.

13.- Fase de concurso en el turno de acceso libre.

A los aspirantes que superen la fase de oposición por el turno de acceso libre, les serán valorados los méritos que se indican a continuación, conforme al siguiente baremo:

13.1. Experiencia en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias como funcionario del Grupo A o personal laboral del Grupo I: 0,10 puntos por cada mes completo de servicios prestados, con un límite máximo de dos puntos.

13.2. Experiencia en otras Administraciones Públicas como funcionario del Grupo A o personal laboral equivalente al Grupo I de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias: 0,05 puntos por cada mes completo, con el límite máximo de 1 punto.

14.- Ejercicio voluntario de mérito.

14.1. Los aspirantes, tanto del turno de promoción interna, como del libre, podrán realizar un cuarto ejercicio, de carácter voluntario, que consistirá en traducir, en el plazo máximo de una hora, directamente al Castellano y sin diccionario, un texto propuesto por el Tribunal. El idioma a traducir, podrá ser el inglés, francés o alemán, a elección del aspirante. La puntuación máxima de este ejercicio será de un punto.

15.- Lista de aprobados.

15.1. Efectuada la valoración de los méritos, el Tribunal expondrá, debidamente certificada por el Secretario con el visto bueno del Presidente, en los locales donde se haya celebrado la última prueba, en la Dirección General de la Función Pública y en las Oficinas Centrales de Información y Registro, una lista en la que conste la puntuación obtenida en la fase de oposición, así como la obtenida en la fase de concurso, que determinará el orden final de los aspirantes. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la oposición.

15.2. Vistos los resultados finales, el Tribunal Calificador declarará aprobado, por orden de puntuación, un número de aspirantes que como máximo será el de plazas convocadas y que integrará la propuesta de nombramiento. Cualquier resolución que contravenga lo establecido en esta base será nula de pleno derecho.

16.- Presentación de documentos.

16.1. La relación de aspirantes seleccionados, junto con las actas del Tribunal y demás documentación de las pruebas serán elevadas a esta Consejería por conducto de la Dirección General de la Función Pública, que procederá, mediante resolución, a la publicación de la referida relación en el Boletín Oficial de Canarias.

16.2. Los aspirantes seleccionados aportarán ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la correspondiente resolución, la siguiente documentación:

a) Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.

c) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base 2.1, apartado d), de la presente convocatoria. Los aspirantes con minusvalía habrán de haber presentado la certificación del equipo multidisciplinar a que se refiere la base 3.3.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes seleccionados por el turno de promoción interna y quienes ya tuvieren la condición de funcionarios de carrera de esta Comunidad Autónoma, solamente deberán presentar la documentación relativa a titulación o estudios académicos.

16.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

17.- Nombramiento de funcionarios de carrera.

Los aspirantes seleccionados que hubieren presentado en tiempo y forma la documentación exigida en la presente base y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Financieros y Tributarios (Grupo A), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante resolución de la Dirección General de la Función Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, adjudicándoseles destino de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y la preferencia manifestada entre los puestos ofertados, teniendo en cuenta la preferencia establecida a favor de los seleccionados por promoción interna.

18.- Toma de posesión.

La toma de posesión de los aspirantes nombrados funcionarios de carrera deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Canarias.

Decaerán de su derecho quienes no tomaran posesión en dicho plazo.

19.- Norma final.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Presidencia, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a que tenga lugar su publicación en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de diciembre de 2000.

EL CONSEJERO

DE PRESIDENCIA,

Julio Bonis Álvarez.

A N E X O I

TEMAS GENERALES

DERECHO CONSTITUCIONAL

Y ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

1.- La Constitución: contenido y clases. La Constitución de 1978: sistemática y estructura. Características generales de la Constitución. Valor normativo de la Constitución. La reforma constitucional.

2.- Principios fundamentales de la Constitución. La soberanía nacional. La división de poderes. La representación política. La participación política. Principios rectores de la política social y económica.

3.- La forma del Estado en la Constitución. Nación, nacionalidades y regiones. El territorio: su división. El poder del Estado: caracteres y limitaciones.

4.- La Corona. El Rey: su posición constitucional. El orden de sucesión. El refrendo: sus formas.

5.- El Gobierno. Su composición. El Presidente del Gobierno y la Administración. Las funciones del Gobierno: especial referencia a las funciones política y administrativa.

6.- Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados. El Senado. Relaciones entre las Cámaras. Los órganos dependientes de las Cortes.

7.- El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Otros órganos.

8.- Derechos y libertades públicas. Clasificación. Deberes constitucionales. El Defensor del Pueblo. La supresión de los derechos.

9.- La Defensa jurídica de la Constitución. Sistemas. El Tribunal Constitucional: naturaleza, composición y competencias.

10.- La Administración Pública (I). Principios constitucionales informadores. La Administración del Estado: organización central y periférica. La Administración Institucional del Estado. La Administración Consultiva.

11.- La Administración Pública (II). La Administración descentralizada. Las Comunidades Autónomas: concepto y naturaleza de los Estatutos de Autonomía. Las Entidades Locales.

DERECHO ADMINISTRATIVO

1.- Derecho Administrativo: concepto y contenido. Fuentes del Derecho Administrativo: concepto, clasificación y jerarquía.

2.- La Ley: concepto y clases. Los Decretos Leyes. La delegación legislativa: concepto, naturaleza y tipos.

3.- El Reglamento: concepto y naturaleza. Clasificación de los Reglamentos. Órganos con potestad reglamentaria. Límites a la potestad reglamentaria. Circulares e Instrucciones.

4.- Los actos jurídicos de la Administración. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación de los actos administrativos. Eficacia y validez de los actos administrativos. La revisión de oficio de los actos administrativos. El silencio administrativo.

5.- El Procedimiento Administrativo (I). Concepto y naturaleza. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: estructura y principios. Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

6.- El Procedimiento Administrativo (II). La Ley 30/1992, de 26 de noviembre: los órganos de las Administraciones Públicas y relaciones entre ellas.

7.- El Procedimiento Administrativo (III). La Ley 30/1992, de 26 de noviembre: los interesados en el procedimiento y la actividad de las Administraciones Públicas.

8.- El Procedimiento Administrativo (IV). La Ley 30/1992, de 26 de noviembre: disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos: las fases.

9.- Los recursos administrativos. Concepto, clases y régimen jurídico. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. El recurso contencioso-administrativo: concepto, naturaleza y fases.

10.- Los Contratos de la Administración (I). Concepto, clases y elementos. Real Decreto-Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas: estructura y principios. Procedimientos de contratación.

11.- Los Contratos de la Administración (II). Régimen legal de los contratos administrativos de obras, servicios y suministros. Los contratos de asistencia con empresas consultoras o de servicios.

12.- Las formas de acción administrativa: concepto y clases. El servicio público: concepto, regulación jurídica y modos de gestión.

13.- El dominio público: concepto, naturaleza y regulación jurídica. Clasificaciones. Elementos del dominio público. Tráfico jurídico de los bienes patrimoniales. Las concesiones administrativas.

14.- La expropiación forzosa: concepto y regulación de la potestad expropiatoria de la Administración. Procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia.

15.- El personal al servicio de la Administración Pública (I). Concepto y clases. La función pública: principios y regulación jurídica.

16.- El personal al servicio de la Administración Pública (II). La Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria: estructura y contenido. Derechos y deberes de los funcionarios. Situaciones administrativas de los funcionarios. Régimen disciplinario de los funcionarios.

DERECHO DE CANARIAS

1.- El Estatuto de Autonomía de Canarias. Estructura, contenido y naturaleza jurídica. La posición del Estatuto en el sistema de fuentes. Defensa de la integridad del Estatuto de Autonomía. La Ley Orgánica de Transferencias Complementarias para Canarias.

2.- La distribución de competencias legislativas entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias. Naturaleza de las Leyes canarias, requisitos y límites. El principio de prevalencia del Derecho Canario. La supletoriedad del Derecho Estatal.

3.- Las competencias ejecutivas. El reparto de competencias ejecutivas entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias. La delegación y las fórmulas participativas de gestión como técnicas complementarias para la articulación de las competencias ejecutivas.

4.- El control de la actividad de los órganos de la Comunidad Autónoma de Canarias. La vigilancia y la aplicación de la coacción estatal. La ampliación extraestatutaria de las competencias de la Comunidad Autónoma de Canarias.

5.- El Parlamento de Canarias. Funciones, organización y funcionamiento. Elección de diputados regionales. Los grupos parlamentarios.

6.- El Gobierno de Canarias. Concepto y régimen jurídico. Funciones del Gobierno. Las relaciones del Gobierno con el Parlamento. El Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias: funciones.

7.- Otros Organismos e Instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias. El Diputado del Común: organización y funciones. El Consejo Consultivo: organización y funciones. La Audiencia de Cuentas: organización, competencias y funciones.

8.- La organización administrativa de Canarias. El Consejo de Gobierno: consideración administrativa y atribuciones. Las Comisiones de Gobierno. Consejerías. Las Viceconsejerías. Las Secretarías Generales Técnicas. Los Directores Generales.

9.- La Consejería de Economía y Hacienda. Estructura, competencias y funciones. El Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda.

10.- La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias. Estructura y contenido. Los Cabildos Insulares. Las transferencias y las delegaciones de competencias a las Corporaciones Locales canarias.

DERECHO COMUNITARIO

1.- La Comunidad Europea. Sistema Institucional. El Tratado de la Unión Europea. Los principios de la Unión Europea.

2.- El Ordenamiento Jurídico de la Unión Europea. Fuentes del Derecho Comunitario: concepto y clases. Descripción de cada una de ellas. El Derecho Comunitario Europeo y el Derecho Español.

3.- La aplicación del Derecho Comunitario y Canarias. El Reglamento (CEE) del Consejo nº 1911/1991, de 26 de junio. El POSEICAN. El Régimen Específico de Abastecimiento (REA).

TEMAS ESPECÍFICOS

I. HACIENDA PÚBLICA, ECONOMÍA, CONTABILIDAD Y REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

1.- La actividad económica y la actividad financiera. Actividad económica y actividad financiera: conceptos y características. El Sector Público: concepto, delimitación e índices para apreciar su dimensión.

2.- El Presupuesto como instrumento de elección social. Concepto y características del Presupuesto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. Los presupuestarios. El presupuesto y la actividad económica.

3.- El Presupuesto y los sistemas de planificación y programación. El Presupuesto por Programas: antecedentes y elementos que lo conforman. La eficacia y la eficiencia en la actividad económica del sector público.

4.- Los Ingresos Públicos. Concepto y clasificación. Los ingresos públicos de naturaleza contractual. Los ingresos públicos de naturaleza coactiva. Los precios públicos.

5.- El impuesto. Concepto, Clasificación. Fundamento. Efectos económicos de la imposición: percusión, traslación, incidencia, evasión, difusión, amortización y remoción. Efectos económicos de los diferentes tipos de impuestos.

6.- Imposición sobre la renta de las personas físicas: concepto y naturaleza. Capacidad de pago. Concepto fiscal de renta. Base imponible. Tratamiento de las variaciones patrimoniales. Unidad contribuyente y alternativas en su configuración. Las tarifas y sus problemas. Efectos económicos y valoración actual.

7.- Imposición sobre el patrimonio y la riqueza. Imposición sobre el patrimonio neto. Imposición sobre sucesiones y donaciones. Imposición sobre las transmisiones onerosas.

8.- Imposición sobre las sociedades: concepto y características de esta imposición. Base imponible: problemas y alternativas de determinación. Tipos de gravamen, integración e incidencia.

9.- Imposición general sobre las ventas. Concepto y clasificación. Impuestos monofásicos y plurifásicos sobre ventas. La imposición sobre el valor añadido. Los ajustes fiscales en frontera. Concepto e importancia en estos impuestos.

10.- Imposición sobre consumos específicos. Concepto, características, clasificación y elementos integrantes. Efectos de esta imposición en la asignación y distribución. Valoración actual de estos impuestos.

11.- Los Gastos Públicos. Concepto y clasificación de los gastos públicos. El crecimiento del gasto público: límites. Efectos económicos de las diferentes clases de gastos públicos.

12.- Los fallos del mercado y los bienes sociales. Los bienes públicos: concepto. Descripción y características de los diferentes bienes públicos. Las prestaciones sociales: efectos económicos de los servicios sociales. Los gastos en capital fijo social.

13.- Los bienes asignados colectivamente. Concepto y clasificación. Los gastos en educación. La dotación pública de la sanidad. Los gastos públicos en vivienda.

14.- La Deuda Pública. Concepto y clases. La administración de la Deuda Pública. Aspectos económicos de la Deuda Pública. La Deuda Pública y la creación de dinero.

15.- El Déficit Público. Acepciones del concepto. Causas y efectos económicos del déficit. La financiación del déficit. El déficit y la convergencia económica. La inflación como forma de imposición.

16.- Las Macromagnitudes. El Producto Nacional Bruto. El Producto Interior Bruto. La Renta Nacional. Relación entre los principales macroagregados. La Contabilidad Nacional: aspectos generales y las cuentas de flujos y de sectores. Las Tablas Input-Output: concepto, elementos e importancia.

17.- La Sociedad Anónima. Régimen vigente en Derecho español. Fundación. Estatutos. Órganos. Libros y Registros Contables. Cuentas Anuales. Censura de Cuentas.

18.- El Plan General de Contabilidad. Principios y estructura. Descripción de los grupos de Cuentas. Las Cuentas Anuales, Memoria e Informe de Gestión. Normas de Valoración.

19.- El Sector Público empresarial. Concepto y delimitación. La empresa pública: concepto, objetivos y financiación. El control interno y externo de la empresa pública. La gestión de la empresa pública: los Programas de Actuación, Inversión y Financiación (PAIF). Las empresas públicas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

20.- El Sistema Financiero. Las Instituciones financieras. El Banco de España. La Banca Privada. Las Cajas de Ahorro. El mercado monetario y los instrumentos financieros. Las Instituciones de inversión colectiva. El sistema financiero y la financiación del sector público.

21.- Los aspectos económicos del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Antecedentes. La Ley 19/1994, de 6 de julio: principios, estructura y contenido. La Zona Especial Canaria: concepto, características y ámbito. El Consorcio y el Registro oficial de entidades de la Zona Especial Canaria.

22.- Aspectos básicos de la economía canaria. Evolución reciente de la población canaria. Análisis sectorial: macromagnitudes y características básicas de los sectores productivos. El coste de la insularidad. Relaciones económicas con el exterior.

23.- Evaluación de proyectos. Diseño y control de proyectos de inversión pública. Criterios de rentabilidad económica y social. Análisis coste-beneficio. Aplicaciones a infraestructuras.

II. DERECHO FINANCIERO, CONTABILIDAD PÚBLICA Y AUDITORÍA

1.- Derecho Financiero y Derecho Presupuestario. Concepto y contenido. La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales. El concepto de Hacienda Pública en dicha Ley. Los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública.

2.- La Ley de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Estructura y principios generales. El concepto de Hacienda Pública en esta Ley. Los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública Canaria.

3.- Los Presupuestos Generales del Estado. Concepto, contenido y regulación jurídica. Las clasificaciones presupuestarias. Relación entre las clasificaciones y las técnicas presupuestarias. Las técnicas de previsión.

4.- Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias (l). La elaboración de los Presupuestos: procedimiento y sujetos participantes. El marco financiero: concepto, contenido y relevancia, La documentación presupuestaria: especial referencia a los anexos. La aprobación de los Presupuestos.

5.- Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias (II). Las modificaciones presupuestarias: concepto, tipología, requisitos y competencia para su autorización. Procedimiento para su tramitación. El control de las modificaciones presupuestarias.

6.- La ejecución del Presupuesto de Gastos. Procedimientos generales y especiales de ejecución del gasto. El procedimiento de pago. La extinción de las obligaciones a cargo de la Hacienda Pública.

7.- Gestión de gastos de personal. Retribuciones de los empleados públicos. Gestión de los gastos de personal en activo. La Seguridad Social de los empleados públicos.

8.- Gestión de gastos contractuales. El nacimiento de las obligaciones contractuales. El cumplimiento de los contratos. El reconocimiento de la obligación. Justificación. La extinción de la obligación contractual. Las obligaciones de ejercicios futuros.

9.- Gestión de los gastos de subvención. Las subvenciones: concepto, naturaleza y clasificación. Adjudicación. Reconocimiento de la obligación. Pago. Justificación. Reintegro. Infracciones administrativas en la materia. Las subvenciones, ayudas y transferencias en la Comunidad Autónoma de Canarias: regulación.

10.- El Tesoro Público. Funciones y competencias. La financiación de los Presupuestos: especial referencia al Remanente de Tesorería. El régimen jurídico del endeudamiento y de los avales del Tesoro.

11.- Contabilidad Pública (l). El Derecho de la Contabilidad Pública: concepto, ámbito y regulación jurídica. La Cuenta General del Estado. Las Cuentas económicas del Sector Público.

12.- Contabilidad Pública (II). La Contabilidad administrativa tradicional: tecnicismos y esquema de cuentas y de contabilización de ingresos y gastos. El sistema de información contable de la Comunidad Autónoma de Canarias.

13.- El Plan General de Contabilidad Pública (l). Principios, estructura y criterios de valoración. Las Cuentas Anuales.

14.- El Plan General de Contabilidad Pública (II). Funcionamiento de su modelo contable: contabilidad presupuestaria, de gestión, patrimonial y analítica. Las Cuentas de Control Presupuestario.

15.- El control de la actividad financiera. Concepto, clases y órganos que lo realizan. El control parlamentario. El control externo: especial referencia a la Audiencia de Cuentas de Canarias.

16.- El control interno de la actividad financiera (I). Régimen jurídico. El control previo de legalidad. El control financiero.

17.- El control interno de la actividad financiera (II). El control financiero ordinario y permanente. El control de programas presupuestarios. El control de sistemas y procedimientos.

18.- El control interno de la actividad financiera (III). El control de contratos y convenios. El control de ayudas y subvenciones. El control de fondos comunitarios.

19.- Auditoría (I). Concepto general. Diferentes clasificaciones de la Auditoría. Objetivos según tipo de Auditoría. La Auditoría como forma de control en el Sector Público.

20.- Auditoría (II). Marco normativo de la Auditoría de Cuentas en España. Normas técnicas de Auditoría del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. Normas técnicas de Auditoría del Sector Público.

21.- Auditoría (III). La planificación de la Auditoría: consideraciones a tener en cuenta. El Programa de trabajo: concepto, contenido y diseño. Estudio y evaluación del sistema de control interno en la Auditoría: definición y conceptos básicos. Tipos de control interno. Revisión y pruebas de cumplimiento. Evaluación.

22.- Auditoría (IV). Los Papeles de Trabajo en Auditoría: concepto y requisitos. Organización de los Papeles de Trabajo. Índices de referencia y puntos de revisión.

23.- Auditoría (V). La evidencia en Auditoría: naturaleza, requisitos que debe reunir, pruebas y métodos para su obtención. El muestreo en Auditoría: naturaleza y clases. Importancia relativa. Riesgo probable de error.

24.- Auditoría (VI). El informe de Auditoría: conceptos y elementos básicos. Tipos de informe. Circunstancias con efecto en la opinión del auditor: descripción, tipos y efectos. Hechos posteriores.

25.- Auditoría (VII). El control de calidad de las Auditorías en el Sector Público: concepto, alcance, clases, fases, evaluación e informe.

26.- La financiación de las Comunidades Autónomas (I). Principios que la sustentan. Regímenes previstos: descripción, características y regulación de cada uno de ellos. Las singularidades en la financiación de la Comunidad Autónoma de Canarias.

27.- La financiación de las Comunidades Autónomas (II). Los recursos de las Comunidades Autónomas de Régimen Común: enumeración y descripción de cada uno de ellos. La corresponsabilidad fiscal. El Fondo de Compensación Interterritorial. Los Fondos Europeos y la financiación autonómica.

28.- La financiación de las Corporaciones Locales. Principios que la sustentan. Recursos que la integran: enumeración y descripción de cada uno de ellos. Singularidades en la financiación de las Corporaciones Locales de Canarias.

III. DERECHO TRIBUTARIO Y SISTEMA FISCAL

1.- El Derecho Tributario. Concepto, autonomía y contenido. Las fuentes del Derecho Tributario. Los principios del Ordenamiento Tributario Español.

2.- La aplicación e interpretación de las normas tributarias. Ámbito temporal y espacial. La doble imposición internacional. El fraude a la Ley tributaria. La analogía en Derecho Tributario.

3.- Los tributos. Concepto y clasificación. La relación jurídico-tributaria. La obligación tributaria. El hecho imponible. El devengo. Las exenciones objetivas.

4.- Elementos cuantitativos del tributo. Las Bases Imponible y Liquidable. Regímenes de determinación de bases imponibles. Tipos impositivos. Cuota y deuda tributarias. Garantía del crédito tributario.

5.- Elementos personales de la deuda tributaria. Sujetos Pasivos. Exenciones subjetivas. Los responsables tributarios. El retenedor. Capacidad, representación y domicilio.

6.- La extinción de la obligación tributaria. El pago de la deuda tributaria. La prescripción. Otras formas de extinción de la obligación tributaria.

7.- El procedimiento de gestión tributaria. La declaración. Las liquidaciones tributarias. Las autoliquidaciones. La comprobación de valores. La consulta tributaria.

8.- La gestión recaudatoria. Órganos de recaudación. El procedimiento de recaudación en período voluntario. El procedimiento de recaudación en período de apremio. Tercerías. Aplazamiento y fraccionamiento de pago. La cuenta corriente tributaria.

9.- Las infracciones tributarias. Concepto y clases. Descripción de cada una de ellas. Las sanciones tributarias: concepto y tipos. El delito fiscal. El procedimiento sancionador en materia tributaria.

10.- La Inspección de los tributos (I). Órganos, funciones y facultades de la Inspección de los tributos. Clases de actuaciones inspectoras. El procedimiento de inspección tributaria. Los obligados tributarios en el procedimiento de la inspección de los tributos y su representación.

11.- La Inspección de los tributos (II). Documentación de las actuaciones inspectoras: concepto, clasificación y descripción de cada uno de ellos. Las actas: clases. Tramitación de las actas y liquidaciones derivadas de las mismas.

12.- La revisión de los actos de gestión tributaria en vía administrativa. Los procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas: regulación y organización.

13.- Las reclamaciones económico-administrativas: interesados, objeto de las reclamaciones, actuaciones. Procedimiento en única o primera instancia. Recurso de alzada y recurso de revisión.

14.- La cesión de tributos a las Comunidades Autónomas. Alcance de la cesión y los puntos de conexión. Capacidad normativa tributaria de las Comunidades Autónomas. Alcance de la delegación de competencias en materia de gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión.

15.- La capacidad normativa tributaria de las Comunidades Autónomas. La capacidad normativa en los tributos cedidos: planteamiento. Descripción y límites en cada uno de los tributos cedidos. Los tributos propios: concepto y límites. Los Recargos.

16.- El Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto Pasivo. Exenciones. Bases imponible y liquidable. Devengo. Determinación de la deuda tributaria. Gestión del impuesto.

17.- El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Naturaleza y objeto del impuesto. Hecho imponible: descripción y delimitación. Sujeto Pasivo. Devengo. Base imponible. Las acumulaciones. La base liquidable. Tipos de gravamen. Deuda tributaria. Gestión del impuesto: especial referencia a la autoliquidación y liquidación parcial.

18.- El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (I). Naturaleza y objeto. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y cuota tributaria. Operaciones societarias: hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y cuota tributaria.

19.- El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (II). Actos jurídicos documentados: elementos esenciales que delimitan este concepto. Normas comunes a los conceptos que integran el tributo: beneficios fiscales, comprobación de valores, devengo, prescripción, devolución y gestión.

20.- Tasas Fiscales sobre el Juego. Naturaleza, hecho imponible, devengo, sujeto pasivo, base imponible y tipo de cada una de ellas. La gestión de las Tasas sobre el Juego.

21.- Los gravámenes aduaneros (I). Concepto y características. Las clasificaciones arancelarias: los Códigos NC. El TARIC. El valor en aduanas. Los regímenes aduaneros económicos. Las zonas francas. Los depósitos francos.

22.- Los gravámenes aduaneros (II). La introducción de mercancías en territorio aduanero: los destinos aduaneros. La libre práctica. La exportación. El tránsito. La deuda aduanera: hecho imponible, devengo, sujetos pasivos y recaudación. La devolución y condonación de derechos aduaneros.

23.- Los aspectos fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Antecedentes históricos y normativos. La Ley 20/1991, de 6 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias: estructura, principios y contenido.

24.- El Impuesto General Indirecto Canario (I). Delimitación conceptual del tributo. Naturaleza. Ámbito de aplicación. Operaciones interiores: hecho imponible, supuestos de no sujeción y exenciones.

25.- El Impuesto General Indirecto Canario (II). Operaciones interiores: lugar de realización del hecho imponible, devengo, sujeto pasivo y responsables. Repercusión. Base imponible. Tipos impositivos: especial referencia al tipo cero.

26.- El Impuesto General Indirecto Canario (III). Operaciones exteriores. Importaciones: hecho imponible, exenciones, devengo, sujeto pasivo y base imponible. Gestión del tributo devengado en las importaciones. Exenciones en la exportación y en operaciones asimiladas a exportaciones. Exenciones relativas a las áreas exentas y regímenes especiales.

27.- El Impuesto General Indirecto Canario (IV). Deducciones: concepto y naturaleza. Requisitos. Nacimiento del derecho. Regímenes de deducción. La prorrata: concepto, clases y procedimiento. Devoluciones.

28.- El Impuesto General Indirecto Canario (V). Los regímenes especiales: especial referencia al simplificado, al de agricultura y ganadería y al del comerciante minorista.

29.- El Impuesto General Indirecto Canario (VI). Las obligaciones formales de los sujetos pasivos en este impuesto: descripción, características e importancia. Contabilización de las operaciones. La gestión del impuesto: especial referencia a los Decretos 182 y 183/1992 y sus modificaciones posteriores. Atribución del rendimiento.

30.- El Arbitrio sobre la Producción e Importación en las Islas Canarias (APIC). Naturaleza. Ámbito temporal de aplicación. Hecho imponible. Exenciones a la importación. Exenciones subjetivas. Devengo. Sujeto pasivo en la importación. Las Tarifas. Tipos impositivos. Gestión del tributo. Atribución del rendimiento.

31.- Los tributos propios de la Comunidad Autónoma de Canarias. Las Tasas: concepto y regulación. El Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los combustibles derivados del petróleo: regulación jurídica. Naturaleza. Hecho imponible. Exenciones. Devengo. Sujeto pasivo. Base imponible. Tipos impositivos. Gestión del tributo.

32.- Beneficios fiscales contenidos en la Ley 19/1994. Exenciones contenidas en los artículos 24 y 25. Régimen especial de las empresas productoras de bienes corporales. Reserva para Inversiones en Canarias. Fiscalidad de la Zona Especial Canaria. Otros beneficios fiscales.

33.- El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Rentas externas. El contribuyente. Período impositivo. Devengo e imputación temporal. Base imponible y liquidable. Cuota íntegra. Deducciones y bonificaciones.

34.- El Impuesto sobre Sociedades. Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Base imponible. Reglas de valoración. Compensación de pérdidas. Período impositivo y devengo. Tipo de gravamen y cuota íntegra. Deducciones y bonificaciones.

A N E X O I I

D. ......................................................................................................................................................................................

CERTIFICO: que según los antecedentes obrantes en este Centro, el funcionario de carrera que a continuación se menciona tiene acreditados los siguientes extremos:

Apellidos y nombre ...................................................................................................................................................., D.N.I. nº .............................................................., Nº de Registro de Personal .............................................................., Cuerpo, Escala a que pertenece .............................................................., (Grupo) ...............................................................

1.- Antigüedad:

Años: ........................

Meses: ......................

Antigüedad en dicho Cuerpo, Escala hasta el día de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Servicios previos reconocidos en dicho Cuerpo, Escala, al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

2.- Grado personal reconocido:

Y para que conste, a efectos de que pueda acreditar como mérito en las pruebas selectivas convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia de ............. de ........................................ de ............. (B.O.C. ............. ), expido la presente certificación en .................................................................................................................................................................... .

Ver anexos - página 1228

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