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Encontrándose en ignorado domicilio la persona que a continuación se cita, adjudicataria de la vivienda de promoción pública que seguidamente se relaciona, a la vista de los informes policiales emitidos en la tramitación de los expedientes de desahucio administrativo referenciados que se siguen contra la misma por infracción del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),
R E S U E L V O:
Notificar a la persona que a continuación se relaciona, el respectivo Pliegos de Cargos formulado en el expediente administrativo de desahucio que le ha sido incoado:
PLIEGO DE CARGOS:
- A Dña. G. Pérez González, expediente D-269/00, incoado con fecha 23 de noviembre de 2000, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 864 Viviendas Jinámar IV Lanzarote, calle Deán Rodríguez Bolaños, 15, 4º D, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28.12.76).
Contra el presente Pliego de Cargos podrá el interesado formular alegaciones en el plazo de ocho días contados a partir de la publicación de la presente, conforme a lo establecido en el artº. 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial.
Asimismo y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica al interesado que el plazo máximo establecido para que se proceda a la notificación de la resolución expresa es de tres meses, contados a partir del día siguiente al de la incoación, transcurrido el cual se producirá la caducidad del expediente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de noviembre de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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