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BOC Nº 013. Lunes 29 de Enero de 2001 - 109

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria y Comercio

109 - ORDEN de 5 de diciembre de 2000, por la que se resuelve la convocatoria del concurso para la concesión de subvenciones a proyectos de incentivación de exportaciones.

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Mediante Orden de 26 de junio de 2000 (B.O.C. nº 84, de 7.7.00), se aprueban las bases reguladoras para el período 2000-2006 para la concesión de subvenciones a proyectos de incentivación de exportaciones, y se convocan las del ejercicio 2000, con el objeto de favorecer desde Canarias la exportación de productos industriales y agroindustriales elaborados en el Archipiélago Canario.

Por Orden de 9 de noviembre de 2000, se modifican las bases 17ª, 21ª y 22ª de la citada Orden de 26 de junio, en el sentido de ampliar hasta el 30 de noviembre de 2000 el plazo máximo de resolución de la convocatoria, en ejecución del Acuerdo del Gobierno de Canarias en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2000, así como ampliar hasta el 15 de diciembre de 2000 el plazo en que los beneficiarios deberán justificar el empleo de los fondos públicos recibidos y acreditar la realización de la actividad y su coste real. Asimismo se procede mediante la referida Orden, de una parte, a suprimir la condición impuesta en el punto cuarto de la parte resolutiva de la Orden de 26 de junio, que supeditaba la resolución de la convocatoria a la efectiva aprobación del Programa Operativo de Canarias (P.O.C.) para el período 2000-2006, y de otra, a ampliar la dotación presupuestaria para el presente ejercicio en siete millones quinientas mil (7.500.000) pesetas (45.075,91 euros) con cargo a la partida presupuestaria 15.08.621 A.470.21, línea de actuación 15.4047.02 "Promoción exterior".

Vista la propuesta del Director General de Ordenación y Fomento Industrial y de conformidad con lo establecido en la base 17 de la referida Orden de 26 de junio, modificada por la Orden de 9 de noviembre del mismo año,

R E S U E L V O:

1º) Conceder subvenciones a los beneficiarios que figuran en el anexo I de la presente Orden por el importe que se consigna en el mismo, quedando el otorgamiento de la citadas subvenciones condicionado al cumplimiento de las condiciones generales que se señalan igualmente en el citado anexo.

2) Aprobar una lista de reserva que figura en el anexo II, en el que se relacionan aquellas solicitudes de subvención que serán tenidas en cuenta en el supuesto de autorizarse incrementos presupuestarios.

El figurar en dichas listas de reservas no implicará en ningún caso la existencia de derechos preexistentes a efectos de lo establecido en el artº. 14.1.a) del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, sobre efectos estimatorios a falta de resolución expresa, por los motivos que se indican en las solicitudes de subvención presentadas por los interesados que se relacionan en el anexo II.

3º) Acordar el desistimiento de las solicitudes presentadas por los interesados que se relacionan en el anexo III por los motivos que se expresan en el mismo.

4º) Las subvenciones concedidas se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 15.08.621A.470.21 P.I. 15.4047.02 "Promoción Exterior" de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2000. Con el objeto de dar cumplimiento a la normativa comunitaria en materia de información y publicidad, se hace constar que está previsto que esta subvención esté cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), dentro del Programa Operativo de Canarias 2000-2006, cofinanciación que estará condicionada a la aprobación de dicho Programa por la Comisión Europea, de conformidad con lo dispuesto en los Reglamentos (CE) números 1260/1999 y (CE) 1261/1999.

5º) Los beneficiarios deberán presentar ante la Dirección General de Ordenación y Fomento Industrial, en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la recepción de la notificación, su aceptación expresa de las condiciones de la Orden de concesión. En el caso de que no se acepte en el referido plazo quedará sin efecto la subvención concedida.

6º) Se faculta a la Dirección General de Ordenación y Fomento Industrial a adoptar las medidas necesarias que den cumplimiento a la presente Orden.

7º) Que la Dirección General de Ordenación y Fomento Industrial dé traslado a los beneficiarios de la presente Orden, así como el anexo a la misma.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de diciembre de 2000.

EL CONSEJERO DE

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

A N E X O I

BENEFICIARIOS

Beneficiario: Consorcio de Exportaciones de productos alimenticios de Canarias, S.A.

Expediente: PIE-TF-00/01.

Objeto del proyecto: exportación de productos a mercado Africano.

Inversión aprobada: 4.392.611.

Subvención concedida: 1.493.488.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 34%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1145

eneficiario: Industrias Bruvic, S.L.

Expediente: PIE-TF-00/02.

Objeto del proyecto: expansión comercial a Venezuela.

Inversión aprobada: 6.532.405.

Subvención concedida: 2.351.666.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 36%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1145

eneficiario: María Esther Martín Arias.

Expediente: PIE-TF-00/04.

Objeto del proyecto: asistencia Basel 2000.

Inversión aprobada: 529.729.

Subvención concedida: 137.730.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 26%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1145

eneficiario: María Esther Martín Arias.

Expediente: PIE-TF-00/05.

Objeto del proyecto: asistencia Inhorgenta-Munich 2000.

Inversión aprobada: 408.814.

Subvención concedida: 106.292.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 26%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1145

eneficiario: Isla Soft, S.L.

Expediente: PIE-TF-00/06.

Objeto del proyecto: exportación software a Península e Iberoamérica.

Inversión aprobada: 28.130.815.

Subvención concedida: 5.000.000.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 50%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1145

eneficiario: Establecimientos Industriales Archipiélago, S.A.

Expediente: PIE-TF-00/08.

Objeto del proyecto: exportación a África occidental.

Inversión aprobada: 3.775.000.

Subvención concedida: 1.689.750.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 45%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1145

eneficiario: Julio Martín Cabrera Leal.

Expediente: PIE-TF-00/09.

Objeto del proyecto: exportación de puros.

Inversión aprobada: 2.870.813.

Subvención concedida: 1.234.450.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 43%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1146

eneficiario: Productos Tabaqueros de Canarias.

Expediente: PIE-LP-00/002.

Objeto del proyecto: exportación de tabacos puros.

Inversión aprobada: 20.200.000.

Subvención concedida: 5.000.000.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 30%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1146

eneficiario: Wasser, S.A.

Expediente: PIE-LP-00/003.

Objeto del proyecto: exportación de planes directores de abastecimiento.

Inversión aprobada: 18.600.000.

Subvención concedida: 5.000.000.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 48%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1146

eneficiario: Droguería Venezuela, S.L.

Expediente: PIE-LP-00/005.

Objeto del proyecto: apoyo a PymeÕs para comercialización exterior.

Inversión aprobada: 1.045.000.

Subvención concedida: 386.650.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 37%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1146

eneficiario: Pescados Congelados Hermanos Arbelo, S.L.

Expediente: PIE-LP-00/007.

Objeto del proyecto: introducción en mercados internacionales del producto final de la empresa.

Inversión aprobada: 7.320.000.

Subvención concedida: 1.903.200.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 26%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1146

eneficiario: Nishani, S.L.

Expediente: PIE-LP-00/008.

Objeto del proyecto: promoción de productos en mercados internacionales.

Inversión aprobada: 2.500.000.

Subvención concedida: 350.000.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 14%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1146

eneficiario: Holding Italocanario, S.L.

Expediente: PIE-LP-00/009.

Objeto del proyecto: prospección de mercado en país extranjero.

Inversión aprobada: 8.640.000.

Subvención concedida: 2.419.312.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 28%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1147

eneficiario: Inverpesca Fish, S.L.

Expediente: PIE-LP-00/010.

Objeto del proyecto: estudios de vías de ampliación de mercados en país extranjero.

Inversión aprobada: 2.500.000.

Subvención concedida: 600.000.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 24%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1147

eneficiario: Congelados Puerto, S.L.

Expediente: PIE-LP-00/011.

Objeto del proyecto: estudio de ampliación de mercados en países extranjeros.

Inversión aprobada: 2.000.000.

Subvención concedida: 480.000.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 24%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1147

eneficiario: Burmen, S.L.

Expediente: PIE-LP-00/012.

Objeto del proyecto: asistencia a Ferias.

Inversión aprobada: 9.500.000.

Subvención concedida: 3.040.000.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 32%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1147

eneficiario: Técnicas Navales, S.L.

Expediente: PIE-LP-00/013.

Objeto del proyecto: internacionalización.

Inversión aprobada: 9.500.000.

Subvención concedida: 2.850.000.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 30%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1147

eneficiario: Ingeniería y Análisis de Proyectos.

Expediente: PIE-LP-00/014.

Objeto del proyecto: promoción comercial de la IAP para la ejecución de proyectos internacionales.

Inversión aprobada: 8.500.000.

Subvención concedida: 2.380.000.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 28%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1147

eneficiario: Aerogeneradores Canarios, S.A.

Expediente: PIE-LP-00/015.

Objeto del proyecto: proyectos de apoyo a las PymeÕs para la comercialización exterior.

Inversión aprobada: 2.859.945.

Subvención concedida: 1.058.180.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 37%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1148

II. CONDICIONES GENERALES

1º) Las oscilaciones máximas entre conceptos siempre y cuando se justifique la totalidad de la inversión aprobada, no deben ser superiores al + / - 25% con respecto al mismo, o en su caso, su modificación autorizada.

La modificación a la baja de la inversión total aprobada no podrá ser superior al 30%. En caso contrario se dejará sin efecto la subvención concedida, procediéndose a la declaración de incumplimiento de condiciones, sin perjuicio de las acciones que legalmente correspondan. La modificación a la baja de la inversión total aprobada inferior al 30% llevará consigo la modificación porcentual de la subvención concedida.

Cuando la disminución de la inversión aprobada implique no alcanzar las inversiones mínimas admisibles que establece la base 8 de la Orden de 26 de junio de 2000, se procederá a dejar sin efecto la subvención concedida.

2º) De conformidad con lo dispuesto en las bases 21 y 22 de la Orden de 26 de junio de 2000, modificada por la de 9 de noviembre del mismo año, el plazo en que los beneficiarios deben justificar el empleo de los fondos públicos recibidos y acreditar la realización de la actividad, así como el coste real de la misma, finalizará el 15 de diciembre de 2000.

Dichos plazos podrán ser ampliados hasta el mismo día y mes del año siguiente a la concesión de las subvenciones, siempre que haya solicitado el abono anticipado de la subvención concedida con anterioridad al 15 de diciembre y resuelto el mismo antes del 30 de diciembre de 2000.

3º) La inversión se justificará dentro del plazo establecido mediante la presentación de los originales y dos fotocopias de facturas y justificantes de pago.

a) Las facturas se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 2.042/1985, de 18 de diciembre, regulador del deber de expedición y entrega de facturas, debiendo presentarse debidamente ordenadas por epígrafes y acompañadas de una relación en la que figure el número de orden de las mismas, fecha de emisión, importe, concepto, proveedor y fecha de pago. Como justificantes de pago se aceptarán los extractos bancarios o certificación del proveedor.

b) Se podrá justificar mediante auditoría a cargo del beneficiado, limitada al empleo de los fondos recibidos en concepto de subvención cuyo abono haya sido anticipado, al efectivo desarrollo y coste real de la actividad o conducta subvencionada, así como a los medios de financiación propios o ajenos, empleados para ello. En este caso no será necesaria la presentación de otros documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, sin perjuicio de la obligación de conservarlos.

c) De acuerdo con los apartados 6 y 7 del artículo 33 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, cuando el beneficiario tenga el carácter definido en dichos apartados, la justificación podrá realizarse mediante certificación expedida por el órgano del beneficiario que tenga atribuidas las funciones de fiscalización o control de los fondos, o por el órgano facultado a tal fin, en su caso.

4º) A efectos de emitir la resolución de cumplimiento de las condiciones establecidas en la Orden de concesión de subvención, los beneficiarios deberán aportar, junto con la documentación relacionada en el artículo anterior, duplicado de la siguiente:

a) Instancia dirigida al Consejero de Industria y Comercio, solicitando el abono de la subvención concedida, o la liberación de las garantías prestadas en el caso de haber cobrado anticipadamente la subvención.

b) Fotocopia del alta y/o último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, en su caso.

c) Acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social.

d) Acreditación de la autofinanciación, en su caso.

e) Declaración expresa, en su caso, del importe de las ayudas o subvenciones concedidas con posterioridad para la misma actividad o conducta por cualquier Administración o Ente público.

f) Memoria técnica que describirá la realización del proyecto o actuación y los datos o incidencias más significativos habidos en su ejecución.

Para la documentación anteriormente relacionada no será preciso aportar los originales, si las fotocopias se presentan compulsadas en su caso.

5º) Para el abono anticipado, deberá constituirse fianza en el Tesoro de la Comunidad Autónoma de Canarias por cantidad igual al importe que se anticipa, para lo cual el beneficiario deberá presentar el original y el resguardo del depósito, constituido en la Caja General de Depósitos de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias.

Dicha fianza podrá constituirse en efectivo, o en forma de aval solidario, según lo dispuesto en la Orden de 10 de marzo de 1995 de la Consejería de Economía y Hacienda (B.O.C. nº 36, de 24.3.95), en la que se recoge el modelo de aval a cumplimentar. La fianza será liberada cuando tenga lugar la Orden de cumplimiento de condiciones.

El plazo para solicitar el abono anticipado finalizará el 15 de diciembre de 2000. Para solicitarlo se aportará por duplicado lo siguiente:

a) Instancia solicitando el mismo, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Industria y Comercio.

b) Documento original del resguardo (Carta de Pago) correspondiente a la fianza depositada en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma Canaria.

c) Certificado de estar al corriente de pago del régimen general de la Seguridad Social, así como de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas.

6º) El beneficiario de la subvención queda sometido a las obligaciones del artículo 27 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en particular a llevar los registros contables a que vengan obligados de modo que permitan identificar de forma diferenciada las partidas o gastos concretos en que se han materializado las subvenciones concedidas, así como los demás ingresos propios o afectos a la actividad o conducta subvencionada, incluyendo las ayudas y subvenciones concedidas con el mismo objeto, y que por diferencia permitan obtener un estado de rendición de cuentas de las cantidades o fondos públicos percibidos en concepto de subvención.

7º) Los beneficiarios de la subvención estarán obligados a presentar los documentos que se soliciten por la Dirección General de Ordenación y Fomento Industrial, en el plazo que se les indique, y a facilitar las comprobaciones encaminadas a garantizar la correcta realización de la inversión subvencionada. Así mismo quedarán sometidos a las actividades de control financiero que corresponden a la Intervención General del Gobierno de Canarias y a las previstas en la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

8º) Toda alteración de las circunstancias y de los requisitos subjetivos y objetivos, tenidos en cuenta para la concesión de la subvención, y, en todo caso, la obtención de los beneficiarios de ayudas o subvenciones concedidas por otra Administración o Ente público para el mismo destino o finalidad, la obtención de ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o finalidad y, en todo caso la superación de los topes previstos por la normativa comunitaria como consecuencia de la acumulación de ayudas o subvenciones en los períodos establecidos en la misma, podrán dar lugar a la modificación de la Orden de concesión, sin que en ningún caso implique su variación de destino o finalidad.

9º) Las modificaciones de las condiciones que se establecen en la Orden de concesión de subvención requerirá autorización expresa del Director General de Ordenación y Fomento Industrial, previa solicitud motivada de la empresa beneficiaria, e informe de la Intervención General, según el artículo 26 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre.

10º) Para lo no establecido en la Orden de concesión de subvención se estará a lo dispuesto en la Orden de 26 de junio de 2000 y en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre.

11º) El incumplimiento de las condiciones que se establecen en la Orden de concesión de subvención dará lugar a la pérdida parcial o total de la subvención, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados.

A N E X O I I

LISTA DE RESERVA

Interesado: María Esther Martín.

Expediente: PIE-TF-00/03.

Causa: falta de crédito presupuestario.

Objeto del proyecto: asistencia a la Feria Contemporánea 2000.

Inversión aprobada: 577.285.

Subvención concedida: 69.274.

Porcentaje de subvención respecto al presupuesto aprobado: 12%.

Desglose de la inversión aprobada:

Ver anexos - página 1149

N E X O I I I

RELACIÓN DE DESISTIDOS

Interesado: Fábrica de Tabacos Gloria Palmera.

Expediente: PIE-TF-00/07.

Causa: desistimiento expreso mediante escrito de 21 de noviembre de 2000.

Interesado: Ricardo Álvarez Concepción.

Expediente: PIE-TF-00/10.

Causa: no aportar documentos preceptivos requeridos.

Interesado: Cocal, S.A.

Expediente: PIE-LP-00/001.

Causa: no aportar documentos preceptivos requeridos.

Interesado: Comercial Garada, S.L.

Expediente: PIE-LP-00/004.

Causa: no aportar documentos preceptivos requeridos.

Interesado: Maxifer, S.A.R.L.

Expediente: PIE-LP-00/006.

Causa: no aportar documentos preceptivos requeridos.

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