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BOC Nº 011. Miércoles 24 de Enero de 2001 - 187

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

187 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 4 de diciembre de 2000, del Director, relativo a notificación de requerimiento a la empresa Padfive, S.L.- Expte. nº 99-38/00606/H.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación del requerimiento de la subvención citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la empresa Padfive, S.L.; se hace saber a la misma que con fecha 31 de mayo de 2000 fue efectuada la notificación de requerimiento del tenor literal siguiente:

"En relación con su solicitud de fecha 30 de junio de 1999, registrada de entrada en estas dependencias el día 6 de julio de 1999, con el número de registro 11812/99, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el programa "H, de subvenciones a la contratación del primer trabajador desempleado por parte de trabajadores autónomos por cuenta propia", regulado en la Resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), de 14 de mayo de 1999 (B.O.C. nº 68, de 28.5.99), por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento de la contratación para 1999, se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, presente en este Instituto dos ejemplares de la siguiente documentación, uno de ellos original o fotocopia debidamente compulsada:

- Declaración responsable firmada por el representante legal de la Sociedad Padfive, S.L., en la que aclare el Programa y subprograma por el que solicita subvención, toda vez que de los datos consignados en la solicitud de la subvención de fecha 30 de junio de 1999, se desprenden los siguientes extremos: En la primera hoja de la solicitud de subvención se expresa, como programa por el que se solicita subvención, el "Programa D", que se corresponde con las "subvenciones a la contratación de trabajadores desempleados pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de inserción laboral". No obstante, en la página en la que formula compromiso de contratar con trabajadores determinados expresa, como programa por el que solicita subvención, el Programa H, subprograma B, el cual se corresponde con "subvenciones a la contratación del primer trabajador, por parte de trabajadores autónomos por cuenta propia, de desempleados, inscritos como demandantes de empleo en la correspondiente Oficina de Empleo, que en el momento de la contratación sean mayores de 25 años, y lleven en situación de desempleo, al menos, 11 meses".

En el caso de solicitar por el Programa D "Subvenciones a la contratación de trabajadores desempleados pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de inserción laboral", deberá aportar dos ejemplares de la siguiente documentación, uno de ellos original o fotocopia debidamente compulsada:

- Documento de alta en la base de datos de terceros del sistema de información económico-financiera PICCAC.

- Documentación acreditativa de encontrarse el interesado en situación de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.

- Documentación acreditativa de encontrarse el interesado en situación de alta en la Seguridad Social.

- Declaración responsable en la que se haga constar la plantilla de personal fijo de la empresa en cada uno de los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud, con indicación, en su caso, de las bajas producidas por propia voluntad del trabajador, o por muerte, jubilación, incapacidad permanente total o absoluta o gran invalidez legalmente reconocida.

- Declaración responsable de no incurrir en los supuestos de la base 2ª.

- Compromiso de contratación con trabajador determinado.

- Documentación acreditativa de la condición de desempleado del trabajador a contratar.

- En su caso, documento acreditativo de que el trabajador que se va a contratar es perceptor de ayudas económicas básicas o, en otros supuestos, el informe social sobre el trabajador que se va a contratar, salvo en el caso de colectivos perteneciente a minorías étnicas en el que no será preciso.

- Si la contratación por la que se solicita la subvención se hubiera realizado con anterioridad a la presentación de la solicitud, deberá aportarse, además de la documentación señalada anteriormente:

- Contrato de trabajo.

- Documentación acreditativa del alta en la Seguridad Social.

- Documento Nacional de Identidad.

- Número de Identificación Fiscal.

- Certificado de los períodos de inscripción en el Instituto Nacional de Empleo u organismo autorizado.

La subsanación de las deficiencias señaladas en los párrafos anteriores, dentro del plazo establecido, significa la admisión a trámite de su solicitud, si bien no presupone la aprobación de la subvención interesada.

Una vez transcurrido este plazo, sin que se hubiese cumplimentado este trámite, este Organismo, en aplicación de lo recogido en el artículo 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que será dictada en los términos recogidos en el artículo 42 de la Ley citada."

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de diciembre de 2000.- El Director, p.d, la Subdirectora de Empleo (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), María Teresa Covisa Rubia.

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