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2001/009 - Viernes 19 de Enero de 2001

IV. ANUNCIOS
Administración Local
Cabildo Insular de Lanzarote

Regresar al sumario 134 ANUNCIO de 24 de noviembre de 2000, relativo a notificación de Resoluciones de iniciación de procedimiento sancionador en materia de transportes.

Providencia de 24 de noviembre de 2000, del Instructor de los expedientes sancionadores en materia de transportes que se relacionan, sobre notificación de Resoluciones de iniciación de procedimiento sancionador.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4ē, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar a los denunciados que se citan, los cargos especificados en el expediente que les ha sido instruido por este Cabildo Insular por infracción administrativa en materia de transportes.

Órgano competente para resolver y norma que le atribuye competencia: Ilmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote según Decreto 159/1994, de 21 de julio (B.O.C. nē 92, de 28.7.94), de Transferencias de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de transportes terrestres y por cable, y artículo 34.1.l de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Que se ha nombrado Instructor de los expedientes sancionadores a D. Pedro M. Fraile Bonafonte que podrá ser recusado conforme a los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En virtud de lo dispuesto en el artē. 210 del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre, y en el artículo 13, apartado 2ē, del Reglamento del Procedimiento Sancionador, en relación con lo dispuesto en el artículo 16.1 del mismo Reglamento, los interesados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente Providencia, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes o proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse, con la advertencia de que en el supuesto de no presentar alegaciones la Resolución de iniciación podrá ser considerada Propuesta de Resolución con los efectos que le atribuyen los artículos 18 y 19 del citado texto normativo.

1) TITULAR: A.G.E. Hijos, S.L.; Nē EXPTE.: GC-030249-I-00; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-1320-BT; INFRACCIÓN: artē. 142.b) Ley 16/1987, de 30 de julio; artē. 199.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 5.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo del vehículo la tarjeta en transporte privado complementario de mercancías.

2) TITULAR: Bus Leader, S.L.; Nē EXPTE.: GC-030374-O-00; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-4589-BV; INFRACCIÓN: artē. 142.l) Ley 16/1987, de 30 de julio; artē. 199.m) Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; Orden Ministerial de 25.10.90; CUANTÍA: 46.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: no formalizar el libro de ruta en transporte público discrecional de viajeros.

3) TITULAR: Bus Leader, S.L.; Nē EXPTE.: GC-030437-I-00; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-4589-BV; INFRACCIÓN: artē. 142.l) Ley 16/1987, de 30 de julio; artē. 199.m) Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; Orden Ministerial de 25.10.90; CUANTÍA: 46.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: carecer del libro de ruta en transporte público discrecional de viajeros.

4) TITULAR: Francisco Javier Montelongo Amador; Nē EXPTE.: GC-030252-O-00; POBLACIÓN: Santa María de Gracia (La Laguna); MATRÍCULA: TF-3335-AM; INFRACCIÓN: artículos 90, 140.a) y 141.o) Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 41 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

5) TITULAR: Garden Care, S.L.; Nē EXPTE.: GC-030456-I-00; POBLACIÓN: Costa Teguise; MATRÍCULA: GC-9009-BT; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 158 y 198.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo pesado, careciendo de autorización.

6) TITULAR: Ismael y Mariano, S.L.; Nē EXPTE.: GC-030136-I-00; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: TF-7076-AC; INFRACCIÓN: artículos 90, 140.a) y 141.o) Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 41 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

7) TITULAR: Pedro Jesús García Vargas; Nē EXPTE.: GC-030144-I-00; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-7109-N; INFRACCIÓN: artículos 90, 140.a) y 141.o) Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 41 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

8) TITULAR: Sebastián Pérez Tabares; Nē EXPTE.: GC-030441-O-00; POBLACIÓN: San Bartolomé; MATRÍCULA: GC-4257-BX; INFRACCIÓN: artē. 141.c) Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 125 y 198.c) Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 50.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: recoger viajeros en auto-taxi fuera del término municipal autorizado.

9) TITULAR: Sociedad Teguise de Alimentación, S.L.; Nē EXPTE.: GC-030451-O-00; POBLACIÓN: Teguise; MATRÍCULA: GC-8650-BC; INFRACCIÓN: artículos 103, 141.b) y 142.m) Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 158 y 198.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 25.000 pesetas; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

10) TITULAR: Transali Zar, S.A.; Nē EXPTE.: GC-030497-I-00; POBLACIÓN: Madrid; MATRÍCULA: M-834963; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) Ley 16/1987, de 30 de julio; artículos 41 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 250.000 pesetas y precinto del vehículo durante tres meses; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías, en vehículo pesado, careciendo de autorización administrativa.

Arrecife, a 24 de noviembre de 2000.- El Instructor, Pedro M. Fraile Bonafonte.

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