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De conformidad con lo establecido en el artículo 31.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con el fin de dotar de una mayor agilidad a los procedimientos de contratación de personal laboral temporal,
R E S U E L V O:
Primero.- Delegar en la Secretaria General Técnica la competencia para autorizar la contratación de personal laboral temporal, a que se refiere el artículo 34.2 de la Ley 7/2000, de 28 de diciembre.
Segundo.- La presente delegación surtirá efectos durante el año 2001 a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Publicar la presente delegación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de enero de 2001.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTES,
José Miguel Ruano León.
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