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En cumplimiento de la propuesta del Excmo. Sr. Presidente del Gobierno de Canarias, por Orden del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, de fecha 22 de noviembre de 2000, se determina que el expediente de arrendamiento de un inmueble en Santa Cruz de Tenerife, para ubicar las dependencias de la Dirección General del Servicio Jurídico, se tramite por el sistema de contratación por adjudicación directa y que sean publicadas en el Boletín Oficial de Canarias las razones que justifican dicho arrendamiento por el referido sistema. Esta Dirección General de Patrimonio y Contratación hace público que será utilizado el sistema de contratación por adjudicación directa, dadas las limitaciones del mercado inmobiliario en la zona centro de Santa Cruz de Tenerife, prescindiéndose del concurso público con arreglo a lo previsto en los artículos 30.3 y 32.1 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, no siendo preciso por ello concurrencia de ofertas.
Lo que se publica conforme establece el punto 4 del ya mencionado artículo 30 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, anteriormente indicada.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de noviembre de 2000.- El Director General de Patrimonio y Contratación, Javier González Ortiz.
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