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2000/166 - Viernes 22 de Diciembre de 2000

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Sanidad y Consumo

Regresar al sumario 1782 Servicio Canario de la Salud. Dirección General de Recursos Humanos.- Resolución de 22 de noviembre de 2000, por la que se convocan las pruebas de aptitud para la Habilitación Profesional de Protésicos Dentales y la Habilitación Profesional de Higienistas Dentales.

La Orden de 26 de abril de 1999, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se da cumplimiento a la Orden de 14 de mayo de 1997, del Ministerio de la Presidencia, dictada en desarrollo del Real Decreto 1.594/1994, de 15 de julio, en relación con las profesiones de Protésico Dental e Higienista Dental (B.O.C. nº 59, de 12.5.99), establece en su artículo cuatro que la Comunidad Autónoma Canaria podrá convocar pruebas dentro de su ámbito territorial para la Habilitación Profesional de Protésicos Dentales y para la Habilitación Profesional de Higienistas Dentales, siempre que los mismos acrediten haber ejercido profesionalmente un período anterior al día 9 de septiembre de 1994, que no llegue a cinco años, en la profesión para la que soliciten la correspondiente Habilitación Profesional.

Por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de fecha 6 de julio de 1999 (B.O.C. nº 99, de 26.7.99), se convocaron las pruebas de aptitud correspondientes al año 1999 para la Habilitación Profesional de Protésicos Dentales y la Habilitación Profesional de Higienistas Dentales.

La Orden de 24 de octubre de 2000, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se abre un nuevo plazo al establecido en la Orden de 26 de abril de 1999, por la que se da cumplimiento a la Orden de 14 de mayo de 1997, del Ministerio de la Presidencia, dictada en desarrollo del Real Decreto 1.594/1994, de 15 de julio, en relación con las profesiones de Protésico Dental e Higienista Dental (B.O.C. nº 149, de 13.11.00), establece en su artículo 1º que los interesados que no hayan solicitado el certificado de habilitación para ejercer profesionalmente como Protésico Dental o Higienista Dental, que pudiera corresponderles, o lo hayan hecho fuera de plazo, podrán presentar solicitud durante el plazo de un año, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Por todo ello, en cumplimiento de la presentada Orden,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar las pruebas para la Habilitación Profesional de Protésicos e Higienistas Dentales correspondientes a 2000.

Segundo.- Podrán tomar parte en la prueba de aptitud para la profesión correspondiente, aquellos solicitantes de habilitación profesional sobre los que haya recaído resolución de habilitación profesional condicionada a la realización de una prueba de aptitud, que no hubieran superado la prueba correspondiente a 1999, así como todos aquellos cuya situación esté reflejada en el artículo 2.a) de la Orden de 24 de octubre de 2000, por la que se abre un nuevo plazo al establecido en la Orden de 26 de abril de 1999, por la que se da cumplimiento a la Orden de 14 de mayo de 1997, del Ministerio de la Presidencia, dictada en desarrollo del Real Decreto 1.594/1994, de 15 de julio, en relación con las profesiones de Protésico Dental e Higienista Dental, que cumplan el requisito de haber ejercido profesionalmente durante un período que no supere los cinco años antes del 9 de septiembre de 1994.

Los interesados deberán confirmar su participación en la prueba de aptitud correspondiente a 2000, mediante la presentación de la hoja de solicitud o inscripción que se les remitirá individualmente junto a la notificación de la resolución, en el plazo de los 10 días siguientes a contar de su recepción.

Tercero.- Las pruebas de aptitud se ajustarán a los criterios hechos públicos en la Resolución de 12 de junio de 1998, de la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad (B.O.E. nº 178), y a lo establecido en los artículos quinto y sexto de la Orden de 26 de abril de 1999, de la Consejería de Sanidad y Consumo (B.O.C. nº 59, de 12.5.99).

Cuarto.- Los Tribunales que habrán de calificar la aptitud de los examinantes estarán compuestos por los siguientes miembros:

1º) Tribunal para la prueba de aptitud de Protésicos Dentales:

Presidente: un representante de la Dirección General de Recursos Humanos.

Secretario: un funcionario del Servicio Canario de la Salud, con voz y voto.

Vocal: un representante designado por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Vocal: un Protésico Dental en representación de las Asociaciones Profesionales.

2º) Tribunal para la prueba de aptitud de Higienistas Dentales:

Presidente: un representante de la Dirección General de Recursos Humanos.

Secretario: un funcionario del Servicio Canario de la Salud, con voz y voto.

Vocal: un representante designado por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Vocal: un Odontólogo o Estomatólogo en representación de las Asociaciones Profesionales.

3º) La designación de los miembros que componen los Tribunales será publicada en los tablones de anuncios de la Dirección General de Recursos Humanos con una antelación de un mes a la celebración de las pruebas.

4º) Los miembros de los Tribunales podrán ser recusados por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Quinto.- La fecha y lugar de las pruebas de aptitud les serán notificados mediante telegrama y/o publicados en los tablones de anuncios de la Dirección General de Recursos Humanos, sita en Plaza Doctor Juan Bosch Millares, 1, 35004-Las Palmas de Gran Canaria, y en la calle Pérez de Rozas, 5, 2ª planta, 38004-Santa Cruz de Tenerife, con una antelación de un mes a su celebración.

Sexto.- Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo, en el plazo de un mes, contado a partir del día de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de noviembre de 2000.- La Directora General de Recursos Humanos, María del Carmen Aguirre Colongues.

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