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BOC Nº 166. Viernes 22 de Diciembre de 2000 - 1778

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

1778 - ORDEN de 18 de diciembre de 2000, por la que se modifica la Orden de 23 de junio de 2000, que convoca la concesión de subvenciones directas para el desarrollo de iniciativas empresariales basadas en las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (T.I.C.) y se aprueban las bases que regirán la misma durante el período 2000-2006 (B.O.C. nº 80, de 29.6.00).

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Por Orden de este Departamento de 23 de junio de 2000, se procedió a convocar subvenciones directas para el desarrollo de iniciativas empresariales basadas en las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (T.I.C.).

En la disposición segunda de dicha convocatoria se establecía que la financiación de estas subvenciones se haría con cargo a la aplicación presupuestaria 00.10.09.612H 770.21 con proyecto de inversión 00710103 "Incentivos a la creación, desarrollo y modernización de empresas de servicios", por un importe de ciento treinta y cinco millones (135.000.000) de pesetas.

La dotación presupuestaria establecida inicialmente resulta insuficiente para atender el elevado número de peticiones de subvención recibidas.

El artículo 10.4 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 30.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que corresponde aprobar las bases y efectuar las convocatorias, y por ende la modificación de las mismas, a los titulares de los Departamentos, a iniciativa de los órganos gestores y a propuesta de la Secretaría General Técnica.

Teniendo en cuenta que se cumple con lo establecido en el apartado dos de la base tercera de la Orden de 23 de junio de 2000 (nº 851).

La modificación que se pretende no afecta al régimen de concurrencia de la convocatoria de subvenciones regulada por la citada Orden de 23 de junio de 2000 (nº 851), y, por tanto, no se encuentra dentro de las modificaciones aludidas en el último párrafo del apartado 1 del artículo 10 del Decreto 337/1997.

Por ello, teniendo en cuenta las circunstancias expuestas, a iniciativa del Director General de Promoción Económica y a propuesta del Secretario General Técnico, en uso de las atribuciones que me confieren las disposiciones vigentes,

R E S U E L V O:

Primero.- Ampliar la dotación económica señalada en la disposición segunda de la Orden de 23 de junio de 2000 (nº 851) (B.O.C. nº 80, de 29.6.00), en quince millones (15.000.000) de pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 00.10.09.612H 770.21, proyecto de inversión 00710103 "Incentivos a la creación, desarrollo y modernización de empresas de servicios", con un porcentaje de cofinanciación por el FEDER condicionado al contenido del Programa Operativo que se apruebe, del Presupuesto de Gastos de esta Consejería para 2000, siendo, por tanto, la cuantía global disponible de ciento cincuenta millones (150.000.000) de pesetas.

Segundo.- La presente Orden producirá sus efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación; haciéndole saber que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de diciembre de 2000.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

Adán Martín Menis.

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