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BOC Nº 164. Lunes 18 de Diciembre de 2000 - 1754

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1754 - ORDEN de 7 de noviembre de 2000, por la que se aprueba la Modificación Puntual nº 31 del Plan General de Ordenación Urbana de Telde (Gran Canaria), nuevo trazado cierre circunvalación San Gregorio.

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Resultando que, el presente expediente ha sido aprobado inicialmente por el Pleno Municipal en sesión de 25 de junio de 1996 y sometido a información pública durante treinta días en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Canarias, además de en periódicos locales.

Durante este período se presentaron un total de 25 alegaciones, que fueron informadas por los servicios técnicos municipales y sobre las que el Ayuntamiento, en la sesión plenaria de fecha 24 de enero de 1997 donde aprobó provisionalmente el expediente acordó estimar totalmente siete de ellas, estimar parcialmente tres, desestimar once y por último remitir a cuatro a nuevas modificaciones puntuales a estudiar con posterioridad.

En este mismo acto, el Ayuntamiento acuerda suprimir las modificaciones señaladas con los números 56 y 64.

Resultando que, la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 25 y 26 de junio de 1997 acordó informar favorablemente la modificación nº 31 "Nuevo trazado cierre circunvalación San Gregorio" condicionado a que se cumpliera lo requerido por el Servicio de Carreteras en relación con la C-812 así como a que se incorporaran las determinaciones exigidas en el Reglamento de Contenido Ambiental.

Resultando que, por Orden Departamental de 11 de marzo de 1998 se acordó la suspensión de dicha modificación puntual.

Resultando que, en abril del presente año el Ayuntamiento remitió la documentación rectificada que le había sido solicitada por la COTMAC, consistente en documentación complementaria justificativa del cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Contenido Ambiental de los Instrumentos de Planeamiento, Decreto 35/1995, de 24 de febrero.

Considerando que, con fecha 28 de septiembre de 2000 se emitió informe técnico que consideraba suficientemente subsanado este aspecto con la salvedad de que el trazado finalmente elegido para dicha carretera debe reflejarse en la documentación gráfica correspondiente del Plan General (planos A-7, A-8, B-7, B-8) a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 133.4 del vigente Reglamento de Planeamiento.

Considerando que, con fecha 4 de octubre de 2000, el Ayuntamiento remitió los mencionados planos diligenciados y que en referencia al informe del Viceconsejero de Infraestructuras de 17 de noviembre de 1997 al no referirse dicho trazado a la nueva vía del Aeropuerto, no resulta afectado por el mencionado informe.

Visto el acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, el expediente administrativo e informes emitidos, Disposiciones Transitorias Segunda y Cuarta de la Ley 1/2000 del Texto Refundido de la Ley del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias, así como el Reglamento de Planeamiento Urbanístico,

D I S P O N G O:

Primero.- Aprobar definitivamente, la modificación puntual nº 31 del Plan General de Ordenación Urbana de Telde (nuevo trazado cierre circunvalación de San Gregorio), de acuerdo con el artículo 132 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico.

Segundo.- Notificar la presente Orden al Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria y al Ayuntamiento de Telde, así como proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presenta acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente acto administrativo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 234 de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de noviembre de 2000.

EL CONSEJERO DE POLÍTICA

TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE,

Tomás Van de Walle de Sotomayor.

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