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Habiéndose intentado, sin éxito, la práctica de la notificación de requerimiento en el domicilio que figura en el expediente, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en uso de las facultades que me confiere la vigente legislación,
R E S U E L V O:
Primero.- Notificar a Pedro Gonzalo Martín Hernández el requerimiento que con fecha 10 de agosto de 2000, fue efectuado en los términos que a continuación se expresan:
"Examinada la documentación aportada, solicitando la subvención regulada por la Orden de 23 de junio de 2000, por la que se convoca la concesión de subvenciones directas para la adquisición de equipamiento informático y de comunicaciones (Pyme) y se aprueban las bases que regirán la misma, requerimos la presentación de la siguiente documentación (original y dos copias):
- D.N.I./N.I.F. del representante, también, en su caso, de los socios menores de 36 años.
- Presupuesto del proyecto, separando la inversión en equipo informático de la inversión en aplicaciones informáticas (ver modelo adjunto).
- Alta de Terceros debidamente cumplimentada (original).
Indicándole que subsane las deficiencias señaladas anteriormente dentro del plazo de diez días, transcurridos los cuales sin haber aportado los justificantes solicitados, se le tendrá por desistido de su petición de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero."
Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Remitir la presente al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para su publicación en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre de 2000.- El Director General de Promoción Económica, Antonio Lantigua Suárez.
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