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2000/162 - Miércoles 13 de Diciembre de 2000

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Economía y Hacienda

Regresar al sumario 1712 Instituto Canario de Estadística (ISTAC).- Resolución de 12 de diciembre de 2000, del Director, por la que se establecen los servicios mínimos a atender por el personal del ISTAC a efectos de la convocatoria de huelga, que afecta a todos los empleados públicos dependientes del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias, prevista para la jornada del día 14 de diciembre de 2000.

A la vista del preaviso de huelga general presentado por las diversas Centrales Sindicales, para el próximo día 14 de diciembre de 2000; y con el fin de garantizar la prestación de los servicios considerados esenciales en virtud de lo establecido en el artículo 3 del Decreto Territorial 24/1987, de 13 de marzo, de establecimiento de servicios mínimos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y en uso de las facultades conferidas al titular de este Organismo por los artículos 19 del Decreto Territorial 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, y 8 del Decreto 48/1992, de 23 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Instituto Canario de Estadística,

R E S U E L V O:

Único.- Determinar los servicios mínimos a atender por el personal adscrito al Instituto Canario de Estadística (ISTAC) el día 14 de diciembre de 2000, que deberán cumplirse según el anexo que se incluye.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, o de diez días, si se acudiera al procedimiento previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Potestativamente, para el supuesto de que se acudiera al procedimiento ordinario, podrá interponerse recurso de reposición ante este Director, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de diciembre de 2000.- El Director, p.a., el Jefe de Servicio de Secretaría General (Resolución de 13.4.95, B.O.C. nš 62, de 19.5.95), Mauricio González Trujillo.

A N E X O

RELACIÓN DEL PERSONAL DEL INSTITUTO CANARIO DE ESTADÍSTICA QUE ATENDERÁ LOS SERVICIOS MÍNIMOS DURANTE EL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2000.

PROVINCIA DE LAS PALMAS:

Secretaría de la Dirección.

Dña. Raquel Yumny García González.

Servicio de Secretaría General.

D. Mauricio González Trujillo (Jefe de Servicio de Secretaría General).

D. Miguel Bruno Alonso (Conductor-Subalterno).

Servicio del Gabinete de Dirección.

D. José Rosales Fabra (Técnico de Gestión Estadística).

Dña. Elena Velázquez Aguiar (Auxiliar).

Servicio de Informática Estadística y Banco de Datos.

Dña. Esther Torres Medina (Jefe del Servicio de Producción Estadística y Banco de Datos).

D. Jacques Bulchand Gidumal (Técnico de Sistemas).

PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

Servicio de Producción Estadística.

Dña Candelaria González de la Paz (Técnico Estadístico).

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