Estás en:
Según lo dispuesto en el artículo 10, apartado 5, del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), las resoluciones que pongan fin a los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones iniciados por convocatoria pública deberán publicarse en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los treinta (30) días siguientes a su adopción, sin perjuicio de su notificación a los interesados.
Por Orden de 23 de mayo de 2000, de esta Consejería de Industria y Comercio, se convocó concurso para la concesión de subvenciones a proyectos de desarrollo industrial del sector del puro de Canarias (B.O.C. nº 79, de 28.6.00). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16, apartado 2, de la citada Orden, la resolución de concesión fue notificada a los beneficiarios por la Dirección General de Ordenación y Fomento Industrial.
Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 10.5 del Decreto 337/1997, a continuación se relacionan en el anexo las subvenciones concedidas por Orden de 29 de septiembre de 2000, con cargo a la citada Orden de convocatoria, precisando el destino, la cuantía y el beneficiario.
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de octubre de 2000.
EL CONSEJERO DE
INDUSTRIA Y COMERCIO,
Lorenzo Alberto Suárez Alonso.
© Gobierno de Canarias