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Habiendo sido intentada sin que se pudiera practicar la notificación de Propuesta de Resolución, recaída en el expediente sancionador S-11/99, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada, y conforme a lo previsto en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92, 2.512), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
Notificar a la entidad mercantil Construcciones Alcalá, S.A. la Propuesta de Resolución de fecha 6 de julio de 2000, obrante en el expediente sancionador de referencia, cuya parte dispositiva dice textualmente:
"Sancionar a la entidad mercantil Visocan, S.A. con multa de 250.000 pesetas, como autora de una falta muy grave al régimen legal de viviendas de protección oficial, tipificada en el artº. 153.C).6 del Decreto 2.114/1968, de 24 julio, por los defectos constructivos localizados en la vivienda sita en la calle Caldera de Taburiente, 11, bloque G, 1º, vivienda nº 2.
- Requerir a las entidades Visocan, S.A. y a Construcciones Alcalá, S.A., a fin de que en el plazo de treinta días, efectúe las obras de reparación necesarias, habidas en la vivienda de la calle Caldera de Taburiente, 11, bloque G, 1º, 2, para subsanar conforme al buen hacer de la construcción."
Contra esta Propuesta de Resolución, podrán los interesados formular las alegaciones que en su derecho convengan, ante esta Dirección General de Vivienda, en el plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y tablón de edictos, respectivamente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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