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BOC Nº 159. Miércoles 6 de Diciembre de 2000 - 1685

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1685 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 23 de octubre de 2000, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 3 de febrero de 1998, que aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Mogán, en la ordenanza de la parcela 122 del Plan Parcial Cornisa del Sur, Área Las Lomas (Loma III-Patalavaca), promovido por D. Juan Jiménez Mendoza, término municipal de Mogán (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 3 de febrero de 1998, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Mogán, en la ordenanza de la parcela 122 del Plan Parcial Cornisa del Sur, Área Las Lomas (Loma III, Patalavaca), promovido por D. Juan Jiménez Mendoza, término municipal de Mogán, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre de 2000.- La Directora General de Ordenación del Territorio, María del Carmen Castellano Rodríguez.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 3 de febrero de 1998, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 132.3.a) del Reglamento de Planeamiento, la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Mogán (Gran Canaria), en la ordenanza de la parcela 122 del Plan Parcial Cornisa del Sur, Área Las Lomas (Loma III-Patalavaca), promovido a instancia de D. Juan Jiménez Mendoza, quedando la nueva normativa redactada del siguiente tenor literal:

"Plan Parcial Cornisa del Sur, Área Las Lomas (Loma III).

Parcela nº 122.

- Uso: servicios (comercial, administrativo y aparcamientos, siendo éstos de dominio privado y uso público). Los locales comerciales independientes no superarán en ningún caso la superficie 1.000 m2.

- Superficie: 2.500 m2.

- Ocupación máxima: 50%.

- Edificabilidad máxima: 0,50 m2/m2.

- Altura máxima: 1 planta y 3,20 desde el terreno natural a la parte inferior del forjado.

- Retranqueos mínimos:

· De la edificación: 16,50 m. Al eje de la C-812 y 4 m. A las alineaciones del resto de las calles.

· De los muros: 14,75 m. Del eje de la C-812.

- Otras características:

- Se establecen reservas de suelo con una superficie total de 251,05 m2 para zonas verdes de dominio y uso público y por tanto de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento.

- Se acondicionará una plaza de 434,10 m2 en planta de acceso por la calle superior y comunicada con el vial inferior por medio de escalera y ascensor, con carácter de servicio de interés público y social, de dominio y uso público y por tanto de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento.

- Capacidad de aparcamiento: igual o superior a 58 plazas."

Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de Mogán y al Cabildo Insular de Gran Canaria.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación al artº. 8 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.- El Secretario de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez.

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