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BOC Nº 157. Viernes 1 de Diciembre de 2000 - 4251

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

4251 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 20 de septiembre de 2000, del Director, relativo a notificación de Resolución denegatoria de subvención de 29 de marzo de 1999, a D. José Ignacio Torremocha Butrón, en ignorado domicilio.- Expte. nº 6.736/98 Programa E.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación de la citada Resolución en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que con fecha 15 de abril de 1999 fue efectuada la notificación de la Resolución del tenor literal siguiente:

Visto el expediente referenciado, iniciado a instancia de D. José Ignacio Torremocha Butrón, con D.N.I. nº 51875210K, en virtud de la solicitud presentada ante el Instituto Canario de Formación y Empleo, el día 30 de septiembre de 1998 y registrada con el número de entrada 6736 mediante la que interese le sea concedida una subvención para el fomento del autoempleo, de las previstas en el "Programa E" de la Resolución de 20 de agosto de 1998, del Presidente, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98).

ANTECEDENTES

Primero.- Que obra en el expediente certificado emitido por el Inem en el que consta como último período de inscripción:

Desde: 10 de enero de 1996 hasta 26 de junio de 1998.

Segundo.- Que en el expediente obra certificado de vida laboral, en el que consta fecha de alta como trabajador autónomo 1 de agosto de 1998.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- A tenor de lo establecido en la base 5ª.1 de la Resolución de 20 de agosto de 1998, del Presidente, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social, en concordancia con el artº. 3 de la Ley 7/1992, de 25 de noviembre, de creación de este Organismo Autónomo, corresponde al Instituto Canario de Formación y Empleo la tramitación del presente expediente.

Segundo.- Lo dispuesto en la base 5ª.2 de la Resolución anteriormente mencionada, en concordancia con el artº. 2 del Decreto 3/1998, de 9 de enero, por el que se establece el régimen específico de las subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social y para las acciones de formación profesional ocupacional, de la competencia de este Organismo Autónomo, corresponde al Director del Instituto Canario de Formación y Empleo la resolución del presente expediente.

Tercero.- A tenor de lo señalado en la base 29, puntos uno y dos, de la Resolución de 20 de agosto de 1998, D. José Ignacio Torremocha Butrón no reúne el requisito para ser subvencionado dado que no cumple con la finalidad del programa por el que solicita la subvención, ya que en el momento de su constitución como trabajador autónomo o por cuenta propia, no se encontraba inscrito como desempleado en la Agencia Canaria de Empleo, en el Instituto Nacional de Empleo o en Agencias de Colocación debidamente autorizadas por el Inem, organismos señalados en las bases generales de la Resolución citada.

Por cuanto antecede, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, y en uso de las competencias que me confiere la normativa citada en el apartado anterior,

R E S U E L V O:

Denegar la subvención solicitada por D. José Ignacio Torremocha Butrón destinada al fomento del autoempleo y prevista en el "Programa E" de la Resolución de 20 de agosto de 1998, del Presidente, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), por los motivos expuestos.

Notifíquese al interesado la presente Resolución, con la indicación de que, contra ésta, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera formularse. El cómputo de los plazos indicados anteriormente se iniciará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de septiembre de 2000.- El Director, p.d., el Jefe de Servicio de Empleo I (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), José Francisco Pérez Lorenzo.

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