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BOC Nº 157. Viernes 1 de Diciembre de 2000 - 1652

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia

1652 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 22 de noviembre de 2000, por la que se hace pública la lista complementaria con los aspirantes que han superado la primera fase del procedimiento selectivo para adquirir la condición de personal fijo en los puestos vacantes del Grupo I sujetos a régimen jurídico laboral, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocado por Orden de 8 de junio de 1999 (B.O.C. nº 76, de 12.6.99) y modificado y rectificado por Orden de 13 de diciembre (B.O.C. nº 165, de 17.12.99).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de 26 de septiembre de 2000, de la Dirección General de la Función Pública (B.O.C. nº 130, de 29.9.00), se publicó el anuncio de exposición de la lista con los aspirantes que han superado la primera fase del procedimiento selectivo para adquirir la condición de personal fijo en los puestos vacantes del Grupo I sujetos a régimen jurídico laboral, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocado por Orden de 8 de junio de 1999 (B.O.C. nº 76, de 12.6.99), modificado y rectificado por Orden de 13 de diciembre (B.O.C. nº 165, de 17.12.99).

Segundo.- En el anexo II de la citada Resolución se relacionó el total de aspirantes con indicación de las puntuaciones obtenidas; a excepción de 11 aspirantes que quedaron pendientes de informe de valoración.

Tercero.- La Dirección General del Servicio Jurídico con fecha 8 de noviembre de 2000, emitió informe respecto al cómputo de los méritos con referencia a la fecha de la modificación y rectificación de errores de la Orden de 8 de junio de 1999, que convoca el procedimiento selectivo para adquirir la condición de personal fijo.

Cuarto.- La Comisión Permanente de Selección General con fecha 14 de noviembre de 2000, remitió a esta Dirección General de la Función Pública, la lista con los aspirantes que quedaron pendientes de informe de valoración y que han superado la primera fase del procedimiento selectivo para adquirir la condición de personal fijo en los puestos vacantes del Grupo I, sujetos a régimen jurídico laboral, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- La base sexta, apartado 6.2, de la Orden de 8 de junio de 1999 (B.O.C. nº 76, de 12.6.99), por la que se establecen las bases de la convocatoria dispone que cada una de las fases de este sistema concurso es eliminatoria, siendo necesaria la superación de la puntuación mínima que para cada fase se determina.

Segundo.- La base séptima, apartado 7.1.2, de la citada convocatoria referente a la fase primera de méritos, dispone que sólo podrán pasar a la siguiente fase del concurso, aquellos aspirantes que obtengan un mínimo de 20 puntos.

Tercero.- La base octava, apartado 8.1, de la mencionada convocatoria establece que concluida la valoración de los méritos de la fase primera, relativos a la experiencia profesional, antigüedad y titulación académica de los aspirantes; por la Comisión de Valoración y Selección se propondrá a la Comisión Permanente de Selección General, que a su vez la remitirá a la Dirección General de la Función Pública la lista con los aspirantes que han superado dicha fase.

Vistas las demás disposiciones de aplicación y en ejercicio de las competencias atribuidas por la citada Orden de 8 de junio de 1999,

R E S U E L V O:

Primero.- Publicar la lista complementaria con los aspirantes que han superado la primera fase del procedimiento selectivo para adquirir la condición de personal fijo, relacionados en el anexo I y que no fueron valorados, pendientes de informe, en la lista publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 130, de 29 de septiembre de 2000.

Segundo.- Relacionar en el anexo II el total de los aspirantes que no fueron valorados, pendientes de informe, en la lista publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 130, de 29 de septiembre de 2000, con indicación de las puntuaciones obtenidas por los méritos relativos a la experiencia profesional, antigüedad y titulación académica.

Tercero.- Conceder un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, para que los interesados presenten la certificación a que se refiere el apartado anterior, así como subsanación de defectos, de acuerdo con lo dispuesto en el artº. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, o bien interponer el recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que tenga lugar su publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de noviembre de 2000.- La Directora General de la Función Pública, Cristina de León Marrero.

Ver anexos - páginas 17973-17974

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