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BOC Nº 154. Viernes 24 de Noviembre de 2000 - 1608

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria y Comercio

1608 - ORDEN de 9 de noviembre de 2000, por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2000, que aprueba las bases reguladoras para el período 2000 a 2006 para la concesión de subvenciones destinadas a proyectos de incentivación de exportaciones y convoca las del ejercicio de 2000 (B.O.C. nº 84, de 7.7.00).

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La Orden de 26 de junio de 2000, por la que se aprueban, para el período 2000 a 2006, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a proyectos de incentivación de exportaciones y se convocan las del ejercicio de 2000, establece en el apartado cuarto de su parte resolutiva, que la concesión de dichas subvenciones está supeditada, entre otros, a la aprobación por la Unión Europea del Programa Operativo de Canarias (P.O.C.) para el período 2000-2006, circunstancia esta que aún no se ha producido.

Por su parte, el apartado tercero de la referida Orden fijó la dotación presupuestaria para el ejercicio de 2000 en treinta millones de pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.08.621A.470.21, línea de actuación 15.4047.02 "Promoción exterior".

Los términos en que se encuentra formulado el apartado cuarto de la Orden mencionada impiden a este Departamento resolver, prima facie, los correspondientes expedientes de concesión de tales subvenciones genéricas, dado que parece condicionar plenamente la resolución de los mismos a la aprobación por la Comisión Europea del Programa Operativo de Canarias para el período 2000-2006.

No obstante lo anterior, este Departamento entiende que si bien la aprobación por la Comisión Europea del P.O.C. 2000-2006 constituye, en este caso, una conditio sine quanon para que se produzca una cofinanciación en el marco del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en ningún momento puede constituir una limitación a la facultad del titular del Departamento para la resolución de los expedientes de subvención, siempre que tal facultad se ejercite en ejecución de su presupuesto, esto es, existiendo la adecuada cobertura presupuestaria en el estado de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el corriente ejercicio, y ello sin perjuicio de que la cofinanciación con fondos europeos pueda, efectivamente, llegar a producirse una vez resueltos los correspondientes expedientes de concesión, siempre que se cumpla el condicionante de la aprobación por la Comisión del P.O.C. 2000-2006.

Por otra parte, el hecho de que la partida presupuestaria correspondiente venga cofinanciada con fondos europeos motivó que el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2000, haya adoptado el acuerdo de exceptuar a dicha subvención del plazo máximo de resolución acordado en su día por el propio Gobierno, fijándose como nuevo plazo el 30 de noviembre de 2000.

No obstante la ampliación del plazo de resolución acordado por el Gobierno, la excesiva dilación en la aprobación del P.O.C. 2000-2006 por la Unión Europea hace peligrar la propia resolución de dicha convocatoria, debiéndose, para evitar tal circunstancia, corregir los extremos en que se encuentra actualmente redactada, en el sentido de supeditar la cofinanciación a la aprobación del P.O.C. 2000-2006, pero no condicionar, como parece desprenderse de su actual redacción, la resolución de la convocatoria a la efectiva aprobación de dicho Programa por la Comisión Europea.

Por cuanto antecede, visto el artículo 29.1.j) y l) de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias; artº. 49.1 de la Ley 7/1984, de 11 de septiembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; artº. 3.d) del Decreto 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, artículos 5.1 y 10.1 in fine del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como el Acuerdo del Gobierno de Canarias en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2000,

R E S U E L V O:

1º) Modificar el punto cuarto de la parte resolutiva de la Orden de 26 de junio de 2000, por la que se aprueban las bases reguladoras para el período 2000 a 2006 para la concesión de subvenciones destinadas a proyectos de incentivación de las exportaciones, y se convocan las del ejercicio de 2000 (B.O.C. nº 84, de 7.7.00), que queda redactado para el presente ejercicio en los siguientes términos:

"Cuarto: con el objeto de dar cumplimiento a la normativa comunitaria en materia de información y publicidad, se hace constar que está previsto que esta subvención esté cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), dentro del Programa Operativo de Canarias 2000-2006, cofinanciación que estará condicionada a la aprobación de dicho Programa por la Comisión Europea, de conformidad con lo dispuesto en los Reglamentos CE nº 1260/1999 y CE 1261/1999."

2º) Modificar la base 17ª de la convocatoria pública de dichas subvenciones genéricas, en el sentido de ampliar el plazo máximo de resolución de las mismas hasta el 30 de noviembre de 2000, en ejecución del Acuerdo del Gobierno de Canarias en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2000.

3º) Modificar las bases 21ª y 22ª de la convocatoria para el ejercicio de 2000, en el sentido de ampliar hasta el 15 de diciembre del corriente año, el plazo en que los beneficiarios deberán justificar el empleo de los fondos públicos recibidos y acreditar la realización de la actividad, así como el coste real de la misma.

4º) Ampliar la dotación presupuestaria establecida en el punto tercero de la parte resolutiva de la Orden citada para el presente ejercicio en siete millones quinientas mil (7.500.000) pesetas (45.075,91 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.08.621.A.470.21 línea de actuación 15.4047.02 "promoción exterior".

5º) Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de noviembre de 2000.

EL CONSEJERO DE

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

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