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BOC Nº 153. Miércoles 22 de Noviembre de 2000 - 1584

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1584 - Dirección General de Promoción Educativa.- Resolución de 29 de septiembre de 2000, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a las asociaciones de padres de alumnos y asociaciones de alumnos, de nueva creación, para gastos de funcionamiento.

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Publicada la Orden de 12 de marzo de 1997 (B.O.C. nº 49, de 16.4.97), por la que se establecen determinadas líneas de actuación destinadas a fomentar la realización de actividades extraescolares y de formación y/o colaboración en el proceso mediante las asociaciones de padres de alumnos y asociaciones de alumnos y sus respectivas federaciones y confederaciones y se delegan competencias en la Dirección General de Promoción Educativa.

Por Resolución de 2 de junio de 2000 (B.O.C. nº 75, de 19.6.00), de la Dirección General de Promoción Educativa, se hace pública la convocatoria, por el procedimiento de concurso, para la concesión de subvenciones a las asociaciones de padres de alumnos y asociaciones de alumnos, de nueva creación, para gastos de funcionamiento.

Vista el acta que eleva la Comisión Seleccionadora, de acuerdo con las bases séptima y novena de la citada Resolución, y en virtud de la delegación de competencias en esta Dirección General (Orden de 12 de marzo de 1997; B.O.C. de 16 de abril de 1997),

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder subvención a las asociaciones de padres de alumnos y asociaciones de alumnos, de nueva creación, que se relacionan en el anexo I, para gastos de funcionamiento y por el importe que se indica.

Dichas subvenciones tienen por objeto financiar el coste total (suponiendo éstas el 100%) de las actividades que se realicen o de la conducta a adoptar de entre las relacionadas en los distintos proyectos presentados por cada una de las asociaciones beneficiarias.

Estas subvenciones deben permitir a las entidades beneficiarias dotarse de una infraestructura administrativa que les facilite el desarrollo de unas actividades adecuadas, entendiendo por éstas el gasto ocasionado por la compra de material fungible y/o enseres.

Subvenciones cuyo pago se efectúa con cargo a la aplicación presupuestaria 2000.18.06.423C.480.11/L.A. 18481802, y por un importe total concedido de 1.439.788 pesetas.

Las subvenciones que se concedan no excederán de 300.000 pesetas por beneficiario.

Segundo.- Excluir a las asociaciones que aparecen en el anexo II, expresando el motivo de esta exclusión.

Tercero.- Criterios objetivos que han servido de base a la concesión.

La Comisión ha propuesto la concesión de subvenciones teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) Situación socioeconómica del centro al que pertenece la asociación.

b) Una cantidad fija dependiendo del número de alumnos y alumnas que tenga el centro.

c) Una cantidad añadida dependiendo de la relación entre el número de afiliados a la asociación y el censo total de padres y madres del centro, para las asociaciones de padres de alumnos, y una cantidad añadida dependiendo de la relación entre el número de afiliados y el censo total de alumnos/as del centro, para las asociaciones de alumnos.

Cuarto.- Forma y condiciones para el abono, medios y plazos de justificación, plazo para realizar la actividad, así como las obligaciones del beneficiario, serán los establecidos en la Resolución de 2 de junio de 2000 (B.O.C. nº 75, de 19 de junio), de la Dirección General de Promoción Educativa.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de septiembre de 2000.- El Director General de Promoción Educativa, José Zenón Ruano Villalba.

A N E X O I

CONCEDIDAS
REG. NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN N.I.F. SUBVENCIÓN

862 Nombre: APA VIOLETAS DEL TEIDE G38531265 67.680

Piccac: APA VIOLETAS DEL TEIDE

869 Nombre: APA PLATERO Y NOSOTROS G35557560 49.943

870 Nombre: APA ISLA DEL NUBLO G35033281 78.416

872 Nombre: APA AMPIT DEL I.E.S. TÁMARA G35588813 93.352

873 Nombre: APA MONTIEL G38563797 63.946

875 Nombre: APA PROFESORES ARMAS-FERNÁNDE G38570263 79.349

877 Nombre: APA SIMBA G35579226 67.213

878 Nombre: LOS FRAGOSOS G35585249 91.485

883 Nombre: LOS MOCANES ALTOS G35615335 70.481

884 Nombre: APA TAHONA G38589123 63.946

885 Nombre: APA COSTA GUÍA G38588687 45.300

886 Nombre: APA ARENA BLANCA G38587853 56.200

887 Nombre: APA ROBERTO VELÁZQUEZ G38590378 74.215

888 Nombre: APA SAL Y PICÓN G38590832 76.549

889 Nombre: RAMAS G35511724 50.000

892 Nombre: LA MIMOSA G35612688 50.000

893 Nombre: ADAMSITE H35617778 91.402

894 Nombre: APA APANE-AGUERE G38588695 50.000

895 Nombre: AMELIA VEGA DE MONZÓN G35618743 76.549

896 Nombre: APA JOSÉ NEGRÍN G35274695 79.349

3.088 Nombre: ADERNO G35619097 64.413


A N E X O I I

EXCLUIDA

REG.: 837.

NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN: LAS CALMAS. PICCAC: APA LAS CALMAS.

N.I.F.: G38502431.

RAZÓN EXCLUSIÓN: CONVOCATORIA ANTERIOR.

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