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BOC Nº 152. Lunes 20 de Noviembre de 2000 - 4087

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Industria y Comercio

4087 - Dirección General de Ordenación y Fomento Industrial.- Anuncio de 21 de septiembre de 2000, relativo a notificación de Orden sobre inicio de procedimiento de reintegro de la subvención concedida a la empresa Tebapal, S.L., en ignorado paradero.- Expte. nº TF-97/234.

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Habiendo sido intentada su notificación y no practicada por encontrarse la empresa en ignorado paradero, y como quiera que se remitirá notificación para su exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que, con fechas 17 y 28 de julio fue remitida Orden del tenor literal siguiente:

"Inicio del procedimiento de reintegro a la empresa Tebapal, S.L. con N.I.F./C.I.F.: B38330718, según expediente SIC-TF-97/234.

Vista la Orden individual de 7 de noviembre de 1997, por la que se concede una subvención de cuatro millones ciento veintiocho mil ochocientas noventa y dos (4.128.892) pesetas, a la empresa Tebapal, S.L. beneficiaria del expediente SIC-TF-97/234, acogida a la Orden 1 de julio de 1997, por la que se convoca concurso para la concesión de subvenciones a proyectos de desarrollo industrial y modernización tecnológica.

Resultando que por Orden de 23 de diciembre de 1997, se dispone el abono anticipado de la subvención concedida al haberse cumplido los requisitos exigidos en el apartado 6 de las Condiciones Generales del anexo que acompaña a la Orden de concesión.

Resultando que la empresa beneficiaria no ha acreditado en tiempo y forma el cumplimiento de las condiciones vinculantes establecidas en la referida Orden individual de concesión.

Resultando que por Orden de 14 de abril de 2000, se declara el incumplimiento de las condiciones establecidas en la Resolución de concesión de subvención.

Considerando los artículos 35 y 36 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, es por lo que se eleva a V.E. la siguiente:

PROPUESTA

Primero.- Que se inicie el procedimiento de reintegro de la subvención concedida a la empresa Tebapal, S.L., expediente SIC-TF-97/234.

Segundo.- Comunicar al beneficiario el inicio del procedimiento de reintegro, concediéndole un plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para presentar las alegaciones, documentos y justificaciones que estime pertinentes.- Santa Cruz de Tenerife, a 20 de junio de 2000.- El Director General de Ordenación y Fomento Industrial, Francisco Javier López de Vicuña y Artola. Conforme con lo que se propone, resuélvase.- El Consejero de Industria y Comercio, Lorenzo Alberto Suárez Alonso."

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de septiembre de 2000.- El Director General de Ordenación y Fomento Industrial, p.s., el Director General de Comercio (Orden nº 851, de 15.9.00), Andrés Conesa Fontes.

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