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BOC Nº 149. Lunes 13 de Noviembre de 2000 - 1513

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

1513 - DECRETO 208/2000, de 6 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 213/1998, de 20 de noviembre, y se amplía a tres mil ochocientos sesenta y dos millones trescientas siete mil cuatrocientas quince (3.862.307.415) pesetas, el aval otorgado por la Comunidad Autónoma de Canarias, a las entidades Necso Entrecanales Cubiertas, S.A., Dragados y Construcciones, S.A. y Lopesan Asfaltos y Construcciones, S.A.

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Las entidades mercantiles beneficiarias del aval de Tesorería por importe de dos mil setecientos cincuenta millones noventa y dos mil cuatrocientas cuatro pesetas concedido mediante el Decreto 213/1998, de 20 de noviembre, y que conforman Tafira U.T.E., solicitaron se les conceda la ampliación del importe de la garantía otorgada por el Gobierno hasta el límite máximo de tres mil ochocientos sesenta y dos millones trescientas siete mil cuatrocientas quince (3.862.307.415) pesetas.

La Unión Temporal de Empresas "Tafira U.T.E." ha modificado el artículo primero de sus Estatutos referido a la nueva denominación de la misma, según escritura de fecha 31 de marzo de 2000 otorgada ante el Notario Alfonso Zapata Zapata, por lo que procede a modificarse igualmente la denominación realizada.

La Ley territorial 14/1999, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2000, en su artículo 40.2.g) establece que la Comunidad Autónoma de Canarias podrá prestar aval a la Empresa Pública Viviendas Sociales e Infraestructura de Canarias, S.A., para financiar actuaciones del III Plan Canario de Vivienda y para garantizar la financiación de las obras de infraestructuras a que se refiere el artículo 19 de la Ley 5/1996, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1997, así como a los contratistas adjudicatarios de las citadas obras de infraestructuras por un importe máximo de 3.500.000.000 de pesetas.

Considerando que dicho proyecto ha sido declarado por la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas como de utilidad pública en virtud del artículo 13.1 de la Ley territorial 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Obras Públicas, Vivienda y Aguas y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 6 de noviembre de 2000,

D I S P O N G O:

Primero.- 1. Se autoriza la ampliación del aval de Tesorería otorgado mediante Decreto 213/1998, de 20 de noviembre, modificado por el Decreto 88/2000, de 22 de mayo, por la Comunidad Autónoma de Canarias a las entidades Necso Entrecanales Cubiertas, S.A., Dragados y Construcciones, S.A. y Lopesan Asfaltos y Construcciones, S.A. hasta el importe de tres mil ochocientos sesenta y dos millones trescientas siete mil cuatrocientas quince (3.862.307.415) pesetas con el objeto de garantizar la ejecución de la obra "Circunvalación de Tafira", incluida en el anexo V de la Ley 5/1996, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1997.

2. Consecuentemente con la modificación operada en los estatutos de la Unión Temporal de Empresas "Tafira U.T.E.", el aval autorizado en su día y la presente ampliación se entienden otorgados a las entidades Necso Entrecanales Cubiertas, S.A., Dragados Construcción P.O., S.A. y Lopesan Asfaltos y Construcciones, S.A.

3. La ampliación de la garantía que ahora se autoriza se supedita a los mismos términos del Decreto 213/1998, de 20 de noviembre, que quedará modificado conforme al artículo siguiente, y póliza de aval suscrita con fecha 17 de diciembre de 1998, extendiendo sus efectos hasta la fecha de recepción y terminación de la obra.

Segundo.- Se modifican, en consecuencia, los términos de los artículos primero, apartado 1, y cuarto del Decreto 213/1998, de 20 de noviembre, para adaptarlos al presente, quedando redactados como se establece a continuación:

"Primero.- 1. Se autoriza el otorgamiento de aval de Tesorería a las entidades Necso Entrecanales Cubiertas, S.A.; Dragados Construcción P.O., S.A. y Lopesan Asfaltos y Construcciones, S.A., hasta el límite máximo de tres mil ochocientos sesenta y dos millones trescientas siete mil cuatrocientas quince (3.862.307.415) pesetas, con el objeto de garantizar la ejecución de la obra "Circunvalación de Tafira", incluida en el anexo V de la Ley 5/1996, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1997."

"Cuarto.- La Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias, por el aval que se preste, responderá hasta un importe máximo de tres mil ochocientos sesenta y dos millones trescientas siete mil cuatrocientas quince (3.862.307.415) pesetas, de la obligación de pago por todos los conceptos y en los términos previstos en el apartado segundo y tercero de este Decreto."

Tercero.- Por el órgano competente se procederá a formalizar las modificaciones derivadas del presente Decreto en el documento de aval suscrito con fecha 17 de diciembre de 1998.

Cuarto.- El aval autorizado por el presente Decreto surtirá efecto desde la formalización del correspondiente documento de aval.

Quinto.- Se autoriza al Consejero de Economía y Hacienda para dictar cuantas resoluciones sean oportunas en orden a la ejecución del presente Decreto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de noviembre de 2000.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Román Rodríguez Rodríguez.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,

VIVIENDA Y AGUAS,

Antonio Ángel Castro Cordobez.

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