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BOC Nº 147. Miércoles 8 de Noviembre de 2000 - 3962

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

3962 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 11 de septiembre de 2000, del Director, relativo a notificación de requerimiento de 30 de agosto de 1999, a Dña. Reyes Quevedo Romero, en ignorado domicilio.- Expte. nº 6.447/98.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber al mismo que con fecha 22 de noviembre de 1999 fue efectuada la notificación de requerimiento del tenor literal siguiente:

En relación con la solicitud presentada, ante el Instituto Canario de Formación y Empleo el día 29 de septiembre de 1998, registrada con el nº 6447, a los efectos de acogerse a la subvención prevista en la Resolución de 20 de agosto de 1998, del Presidente, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), "Programa E. Fomento del autoempleo", se le requiere, para que en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción de este requerimiento, remita a este Organismo original y tres copias a efectos de su compulsa de la documentación que a continuación se señala a efectos de admisión a trámite de su solicitud (la admisión a trámite no significa la aprobación de la subvención solicitada):

1º) Certificado de vida laboral emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, si han trabajado alguna vez. En caso contrario, certificado de no haber trabajado nunca.

2º) D.N.I. (actualizado o comprobante de haberlo solicitado).

3º) Certificado de los períodos de inscripción expedido por el Inem.

Una vez transcurrido este plazo, sin que se hubiese cumplimentado este trámite, este Organismo, en aplicación de lo recogido en el artículo 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que será dictada en los términos recogidos en el artículo 42 de la Ley citada.

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de septiembre de 2000.- El Director, p.d., el Jefe de Servicio de Empleo I (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), José Francisco Pérez Lorenzo.

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