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Vistos los informes y propuestas de integración remitidos con fechas 11 y 20 de julio de 2000, por la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, referidos a la integración en el Cuerpo Auxiliar de la Comunidad Autónoma de Canarias de los funcionarios adscritos a dicho Organismo que figuran en el anexo a esta Orden.
Visto el Real Decreto 446/1994, de 11 de marzo (B.O.E. de 9 de abril de 1994), sobre traspaso del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud.
Vista la Orden de 13 de junio de 1989 (B.O.C. de 23 de junio de 1989), por la que se establece el procedimiento a seguir para la integración de los funcionarios transferidos a la Comunidad Autónoma de Canarias, y de los asumidos por ésta, en los Cuerpos y Escalas de la misma.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- De acuerdo con la Disposición Transitoria Primera de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, quedarán integrados en la función pública de la Administración autonómica y en alguno de los Cuerpos o Escalas creados en la Disposición Adicional Primera, todos los funcionarios transferidos y asumidos por ésta o que pudiesen serlo en el futuro.
Segunda.- Según esta Disposición Transitoria Primera, apartado uno D) 1: "En el Cuerpo Auxiliar se integran los funcionarios pertenecientes al Cuerpo Auxiliar de la Administración del Estado y todos los funcionarios a los que les fue exigida, para su ingreso en el Cuerpo o Escala de origen, la titulación académica requerida en esta Ley para el ingreso en el Grupo D y desempeñan funciones previstas para este Cuerpo en la Disposición Adicional Segunda".
Tercera.- Los funcionarios citados en el anexo a esta Orden tienen la condición de funcionarios de carrera, pertenecientes al Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social.
Dicho Cuerpo fue creado por Orden de 28 de abril de 1978, del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, por la que se aprueba el Estatuto de Personal del Instituto Nacional de Previsión (B.O.E. números 129, 146 y 156, de 31.5, 20.6 y 1.7.78).
Las funciones asignadas al Cuerpo, según el artº. 15.c) de la normativa anteriormente citada, son las siguientes: "Las de mera ejecución, ejercicio y desarrollo respecto a las tareas administrativas encomendadas a los distintos Cuerpos profesionales, así como las de preparación y tratamiento de los datos para la informática del Instituto."
La titulación exigible para dicho Cuerpo y Escala se establece en el artº. 18.3.I.3 de dicho texto legal, y es la de Graduado Escolar, F.P. I, Bachiller Elemental y Equivalentes.
Cuarta.- Por Real Decreto 446/1994, de 11 de marzo (B.O.E. de 9 de abril de 1994), se traspasan a la Comunidad Autónoma de Canarias las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, figurando entre el personal traspasado los funcionarios relacionados en el anexo a esta Orden.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 278/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, y las demás disposiciones de aplicación,
R E S U E L V O:
Uno.- Aprobar la integración provisional de los funcionarios públicos de carrera transferidos que figuran en el anexo, en el Cuerpo Auxiliar, Grupo D, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Dos.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias a fin de que los interesados puedan formular reclamaciones durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la publicación de la misma, aportando los documentos y justificaciones que estimen pertinentes (punto 5º de la Orden de la Consejería de la Presidencia de 13 de junio de 1989, B.O.C. de 23 de junio, por la que se establece el procedimiento a seguir para la integración de los funcionarios transferidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de los asumidos por ésta, en los Cuerpos y Escalas de la misma, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria).
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de octubre de 2000.
EL CONSEJERO
DE PRESIDENCIA,
Julio Bonis Álvarez.
A N E X O
RELACIÓN PROVISIONAL DE FUNCIONARIOS DE CARRERA INTEGRADOS EN EL CUERPO AUXILIAR (GRUPO D), DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, POR APLICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA 1ª, DOS, DE LA LEY TERRITORIAL 2/1987, DE 30 DE MARZO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA CANARIA.
APELLIDOS Y NOMBRE D.N.I. nº Acevedo González, Margarita 42.021.117 Acosta Pestano, Andrés Ulises 41.975.734 Adam Teodoro, Alberto 73.939.353 Afonso Guadalupe, María Ángeles 42.018.785 Fuente Redondo, Luisa de la 50.933.016 González Oramas, Miguelina 42.922.410 Perera Oliva, Patricio 42.022.631 Pérez Álvarez, Julia 76.560.431 Pérez Frías, Ramón Francisco 42.132.562 Pérez Peña, Irene Concepción 42.013.656 Ramos Arbelo, Tomás Gregorio 43.345.183 Ramos Prieto, José Miguel 72.714.944 Rodríguez Álvarez, Luz María 42.067.123 Rodríguez Hernández, Concepción Rosa 42.695.162 Romeo Montesinos, María Lourdes 25.432.347 Serrano García, José Luis 46.307.306 Solano Jiménez, Ricardo Tomás 42.005.918 Suárez Padrón, José Juan 42.057.952 Torre Díaz, Emilio Ramón de la 41.974.602 Torre Díaz, Fernando N. de la 41.957.873 Valero López, Emilia 31.171.389 Yanes Méndez, José Alberto 41.957.311
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