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En virtud de lo que dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Decreto Territorial 157/1994, de 21 de julio, de Transferencia de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de carreteras, se notifica a los interesados que se relacionan de domicilios desconocidos, la Resolución recaída en los expedientes por el concepto que se expresa, pudiendo formular contra los mismos recurso de alzada ante la Ilma. Sra. Presidenta del Cabildo de Gran Canaria, en el plazo de un (1) mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
1.- Denunciado: D. José Estévez Afonso, DA-219/98. Daños ocasionados en barreras de seguridad situadas a la altura del p.k. 46,400 de la carretera C-812, con el vehículo matrícula GC-7990-AZ. Cuantía: 61.868 pesetas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de septiembre de 2000.- El Consejero del Área de Obras Públicas, Miguel Jorge Blanco.
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