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BOC Nº 124. Viernes 15 de Septiembre de 2000 - 1284

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1284 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 18 de julio de 2000, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 30 de junio y 1 de julio de 1999, que aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Gáldar, en el ámbito del SAU-2R-S-1 Casco, promovida por la Corporación municipal, término municipal de Gáldar (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 30 de junio y 1 de julio de 1999, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Gáldar, en el ámbito del SAU-2R-S-1 Casco, promovida de oficio por la Corporación municipal, en el término municipal de Gáldar, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de julio de 2000.- La Directora General de Ordenación del Territorio, María Carmen Castellano Rodríguez.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 30 de junio y 1 de julio de 1999, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente, la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Gáldar (Gran Canaria), en el ámbito del SAU-2R-S-1 Casco, promovida de oficio por la Corporación, en los mismos términos en que resulta propuesto por el Ayuntamiento, debiéndose suprimir, con carácter previo a la publicación del presente Acuerdo la modificación que afecta al artículo 5.1.4.1.b) de las Normas.

Segundo.- El presente Acuerdo será debidamente notificado al Ayuntamiento de Gáldar, en orden a la corrección indicada, así como al Cabildo Insular de Gran Canaria.

Tercero.- Una vez corregido el documento en los términos indicados, procédase a la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde la fecha en que se practique su notificación.

Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, que se producirá transcurrido un mes desde su interposición sin que se haya notificado la resolución del mismo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Si no se interpusiera recurso de reposición en plazo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación del presente acto administrativo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 234 de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez.

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