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Considerando que la Ley Territorial 6/1995, de 6 de abril, de Plantillas y Titulaciones Universitarias establece en su artículo 1.3 que la Consejería de Educación, Cultura y Deportes publicará anualmente el Catálogo Oficial de Titulaciones que las Universidades están autorizadas a impartir.
Por ello, de acuerdo con las Universidades Canarias, y en virtud de las facultades previstas en el artículo 32.c) de la Ley Territorial 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, artículo 5.2 del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, así como el propio artículo 1.3 de la Ley Territorial 6/1995, de 6 de abril,
D I S P O N G O:
El Catálogo Oficial de Titulaciones, con validez en todo el territorio nacional, que las Universidades de La Laguna y de Las Palmas de Gran Canaria están autorizadas a impartir, durante el curso académico 2000/2001, es el que se recoge en los anexos I y II de esta Orden, respectivamente.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de agosto de 2000.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Miguel Ruano León.
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Ver anexos - Página/s 14882-14890
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