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R E S U E L V O:
Notificar a la Constructora Castrocón, S.L. la Propuesta de Resolución con fecha 23 de marzo de 2000 recaída en el expediente referenciado, cuya parte dispositiva dice textualmente:
- Sancionar a la Promotora Archipiélago de Viviendas, S.L. y a la Constructora Castrocón, S.L. con multa de doscientas cincuenta mil (250.000) pesetas, como autoras de una infracción muy grave al régimen legal de viviendas de protección oficial, tipificada en el artículo 153.C).6 del Reglamento aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. nš 216, de 7.9.68), por los defectos constructivos localizados en la vivienda de protección oficial, promoción privada, sita en calle Los Andes, 25, Barranco Las Lajas, en Tacoronte, expediente de V.P.O. nš 38-IE-0030/97-043, con fecha de calificación definitiva de 7 de julio de 1998.
- Requerir a las entidades Archipiélago de Viviendas, S.L. y Castrocón, S.L. a fin de que en el plazo de treinta días, conforme a lo establecido en el artículo 155 in fine del texto antes citado, ejecuten conforme al buen hacer de la construcción las obras de reparación necesarias para subsanar las deficiencias sancionadas, bajo apercibimiento de que de no proceder a ello se le impondrán sucesivas multas coercitivas hasta el total cumplimiento de lo ordenado.
Las obras a realizar son las siguientes:
1.- Tratamiento de pintura en techo y paredes del aseo de planta baja.
2.- En cocina y salón realizar, bajo dirección técnica, las obras necesarias para eliminar las actuales humedades por capilaridad, posterior reparación de daños.
3.- Sellado de fisuras en paramentos de caja de escalera, cocina y salón, posterior tratamiento de pintura.
4.- Tratamiento de pintura en paramento del hall repartidor y dormitorio principal afectados por antigua filtración ya resuelta.
5.- Fijar piezas cerámicas sueltas al tacto en alféizar de ventana del dormitorio principal.
6.- En los herrajes de seguridad de las puertas de paso, sustituir las manecillas deterioradas.
Contra esta Propuesta de Resolución formulada a Castrocón, S.L., se le concede un plazo de ocho días hábiles para formular las alegaciones que estime oportunas, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y tablón de edictos del Ayuntamiento, y en su caso solicitar la práctica de pruebas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del vigente Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, bajo apercibimiento de que de no contestarlo en el plazo señalado se dará por evacuado el trámite, siguiendo su curso el expediente.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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