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R E S U E L V O:
Notificar a la Constructora Castrocón, S.L. la Propuesta de Resolución con fecha 23 de marzo de 2000 recaída en el expediente referenciado, cuya parte dispositiva dice textualmente:
- Sancionar a la Promotora Archipiélago de Viviendas, S.L. y a la Constructora Castrocón, S.L. con multa de doscientas cincuenta mil (250.000) pesetas, como autoras de una infracción muy grave al régimen legal de viviendas de protección oficial, tipificada en el artículo 153.C).6 del Reglamento aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. nš 216, de 7.9.68), por los defectos constructivos localizados en la vivienda de protección oficial, promoción privada, sita en calle Los Andes, 27, Barranco Las Lajas, en Tacoronte, expediente de V.P.O. nš 38-IE-0030/97-043, con fecha de calificación definitiva de 7 de julio de 1998.
- Requerir a las entidades Archipiélago de Viviendas, S.L. y Castrocón, S.L. a fin de que en el plazo de treinta días, conforme a lo establecido en el artículo 155 in fine antes citado, ejecuten conforme al buen hacer de la construcción las obras de reparación necesarias para subsanar las deficiencias sancionadas, bajo apercibimiento de que de no proceder a ello se le impondrán sucesivas multas coercitivas hasta el total cumplimiento de lo ordenado.
Las obras a realizar son las siguientes:
1.- Caja de escalera: fijar correctamente la baranda (primer tramo), así como ocultar la tornillería en el anclaje vertical con pared.
2.- Sellado de grietas y fisuras relacionadas en el apartado de deficiencias (hall, salón, cocina, dormitorios, fachada, parapetos de división de propiedades en el jardín delantero), posterior tratamiento de acabado.
3.- Tratamiento de pintura en los paramentos donde se realizaron obras de reparación (fachada principal, caja de escalera).
4.- Tratamiento de pintura en techo de zona de paso del hall a salón deteriorada por antigua filtración.
5.- En los herrajes de seguridad de las puertas de paso, sustituir las manecillas deterioradas.
6.- Puerta principal: ajustar correctamente la cerradura con el recibidor de ventana.
Contra esta Propuesta de Resolución formulada a Castrocón, S.L., se le concede un plazo de ocho días hábiles para formular las alegaciones que estime oportunas, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y tablón de edictos del Ayuntamiento, y en su caso solicitar la práctica de pruebas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del vigente Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, bajo apercibimiento de que de no contestarlo en el plazo señalado se dará por evacuado el trámite, siguiendo su curso el expediente.
Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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