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2000/120 - Miércoles 6 de Septiembre de 2000

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

Regresar al sumario 3278 Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 3 de julio de 2000, sobre notificación de Propuesta de Resolución recaída en el expediente S-21/99, dirigida a la Promotora Inversiones La Postura, S.L.

Habiendo sido intentada sin que pudiera practicarse, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, la notificación de Propuesta de Resolución con fecha 13 de junio de 2000, recaída en el expediente S-21/99, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada y conforme a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 (B.O.E. nš 285, de 27.11.92 y nš 12, de 14.1.99),

R E S U E L V O:

Notificar a la Promotora Inversiones La Postura, S.L. la Propuesta de Resolución con fecha 13 de junio de 2000 recaída en el expediente referenciado, cuya parte dispositiva dice textualmente:

- Sancionar a la Promotora Inversiones La Postura, S.L. con multa de doscientas cincuenta mil (250.000) pesetas, como autora de una infracción muy grave al régimen legal de viviendas de protección oficial, tipificada en el artículo 153.C).6 del Reglamento aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. nš 216, de 7.9.68), por el defecto constructivo localizado en el Edificio Constitución, de protección oficial, promoción privada, sito en la Avenida Constitución, 46, en el término municipal de Adeje, expediente de V.P.O. nš 38-IE-0101/95-001, con fecha de calificación definitiva de 19 de diciembre de 1997.

- Requerir a la entidad Inversiones La Postura, S.L. a fin de que en el plazo de quince días, conforme a lo establecido en el artículo 155 in fine antes citado, ejecute conforme al buen hacer de la construcción las obras de reparación necesarias para subsanar la deficiencia sancionada, bajo apercibimiento de que de no proceder a ello se le impondrán sucesivas multas coercitivas hasta el total cumplimiento de lo ordenado.

Las obras a realizar son las siguientes:

Bajo dirección del Arquitecto Director de las obras, la promotora debe realizar las obras necesarias para corregir la pendiente de la rampa y evitar que se produzcan rozamientos de los vehículos.

Contra esta Propuesta de Resolución formulada a Inversiones La Postura, S.L., se le concede un plazo de ocho días hábiles para formular las alegaciones que estime oportunas, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y tablón de edictos del Ayuntamiento, y en su caso solicitar la práctica de pruebas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del vigente Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, bajo apercibimiento de que de no contestarlo en el plazo señalado se dará por evacuado el trámite, siguiendo su curso el expediente.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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