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R E S U E L V E:
Notificar a D. Miguel Jorge Mederos la Resolución de fecha 29 de junio de 2000, recaída en el expediente de desahucio administrativo que le ha sido instruido y cuya parte dispositiva acuerda textualmente:
"Resolver la adjudicación de la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el término municipal de Tazacorte, Grupo San Miguel II, bloque B, portal 1, piso 2º izqda., desahuciando a D. Miguel Jorge Mederos por no destinar la mencionada vivienda a domicilio habitual y permanente, requiriéndole para que en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente, desaloje la misma con apercibimiento de proceder en caso contrario al lanzamiento de cuantas personas, muebles y enseres se encontrasen en ella.
El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General de Vivienda, que designará las personas que hubieran de llevarlo a efecto, para lo cual se recabará la preceptiva autorización judicial y el auxilio, en su caso, de las Fuerzas de Orden Público.
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Infraestructuras, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de junio de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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