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BOC Nº 116. Lunes 28 de Agosto de 2000 - 3154

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia

3154 - Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.- Anuncio de 11 de julio de 2000, por el que se notifica a la empresa de servicios Binmomasa, S.A. la Providencia de 7 de abril de 2000, de iniciación del expediente sancionador nº 48/00, así como Pliego de Cargos formulado en el mismo.

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Se hace saber a la empresa de servicios que con fecha 7 de abril de 2000 ha sido dictada por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, Providencia de incoación de expediente sancionador, así como Pliego de Cargos formulado en el mismo, por el Instructor del referido expediente, del tenor literal siguiente:

"Iniciación de expediente sancionador

PROVIDENCIA

Vista el Acta de Constatación de Hechos nº 21/00 diligenciada por funcionario de la Inspección del Juego en Canarias el día 18 de febrero de 2000, levantada en la Sala de Bingo La Luz, sita en la calle Juan Manuel Durán, 30, del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.

Deduciéndose de la misma posible infracción a la normativa sobre el juego al comprobarse los siguientes hechos:

... en el Servicio de Admisión de la Sala que falta el control de prohibidos correspondiente al mes de noviembre de 1999, manifestando al respecto el Jefe de Sala, D. Adolfo Matías Morales Pérez, que dicho listado no le ha sido entregado por la Consejería de Presidencia, por lo que los clientes incluidos en el mismo no se encuentran reflejados en el sistema informático de acceso a la Sala.

Se comprueba que sí están incluidos los correspondientes al mes de enero de 2000.

Calificación jurídica de la infracción: conforme al artº. 28.D) de la Ley 6/1999, de fecha 26 de marzo (B.O.C. nº 42, de 7.4.99), de los Juegos y Apuestas en relación con los artículos 29 y 30 del Decreto 122/1988, de 1 de agosto (B.O.C. nº 119, de 19.9.88), la falta se califica de leve, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción.

Sanciones que puedan corresponder: la infracción podrá ser sancionada con multa de hasta 100.000 pesetas, de conformidad con lo previsto en el artº. 29.c) de la referida Ley 6/1999, de 26 de marzo.

Siendo competencia de este Centro Directivo, conforme determina el artº.10.F.c) del Decreto 278/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, la incoación e instrucción de los procedimientos sancionadores en materia de juegos, iníciese expediente sancionador contra la empresa de servicios Binmomasa, S.A., gestora de la Sala de Bingo La Luz y cuantos resultaren estar implicados, de conformidad con lo establecido en el artº. 42 del Decreto 122/1988, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo (B.O.C. nº 119, de 19.9.88) c.e. B.O.C. nº 113, de 21.10.88), nombrando Instructor a D. Luis Cabrera Bolaños y suplente a D. Antonio Sebastián Rodríguez Silvera, funcionarios adscritos a esta Consejería de Presidencia, debiendo notificarse a los interesados a los efectos de recusación previsto en el artº. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, formulándose Pliego de Cargos.- Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de abril de 2000.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan González Martín."

"Pliego

En el expediente sancionador incoado bajo el número de expediente de referencia contra la empresa de servicios Binmomasa, S.A., gestora de la Sala de Bingo La Luz, por supuesta infracción a la vigente normativa sobre el juego, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 27.e) de la Ley 6/1999, de 26 de marzo (B.O.C. nº 42, de 7.4.99), en relación con el artº. 37.4 del Decreto 122/1988, de fecha 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo (B.O.C. nº 119, de 19.9.88), se formula el siguiente:

PLIEGO DE CARGOS

Primero.- En el Acta de Constatación de Hechos nº 21/00 levantada por funcionario adscrito al cuerpo de Inspectores del Juego de la Consejería de Presidencia, el día 18 de febrero de 2000, en la Sala de Bingo La Luz, sita en la calle Juan Manuel Durán, 30, del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, de la que se incorpora copia a este pliego, se hace constar expresamente, lo que sigue:

... comprobándose en el Servicio de Admisión de la Sala que falta el control de prohibidos correspondiente al mes de noviembre de 1999, manifestando al respecto el Jefe de Sala, D. Adolfo Matías Morales Pérez, que dicho listado no le ha sido entregado por la Consejería de Presidencia, por lo que los clientes incluidos en el mismo no se encuentran reflejados en el sistema informático de acceso a la Sala. Se comprueba que sí están incluidos los correspondientes al mes de enero de 2000.

Segundo.- Los anteriores hechos pueden ser constitutivos de falta leve, a tenor de lo establecido en el artº. 28.D) de la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas (B.O.C. nº 42, de 7.4.99), en relación con los artículos 29 y 30 del Decreto 122/1988, de fecha 1 de agosto (B.O.C. nº 119, de 19.9.88).

Tercero.- De acuerdo con lo establecido en el artº. 42.b) del citado Reglamento, dispone de un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de la Providencia y del presente Pliego de Cargos para presentar alegaciones, pudiendo asimismo solicitar el recibimiento a prueba del expediente, expresando los puntos de hecho sobre los que ha de versar y articulando la prueba de que intenta valerse.- Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de abril de 2000.- El Instructor, Luis Cabrera Bolaños."

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de julio de 2000.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan González Martín.

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