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2000/115 - Viernes 25 de Agosto de 2000

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
Consejería de Presidencia

Regresar al sumario 1184 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 18 de agosto de 2000, por la que se rectifican errores en la Resolución de 6 de julio de 2000, que hace públicas las listas definitivas de admitidos y excluidos al procedimiento selectivo para adquirir la condición de personal fijo en los puestos vacantes de los Grupos I, II, III, IV y V, sujetos a régimen jurídico laboral, en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocado por Orden de 8 de junio de 1999, modificado y rectificado por Orden de 13 de diciembre de 1999 (B.O.C. nš 88, de 17.7.00).

ANTECEDENTE DE HECHO

Se advierte error material en las listas de admitidos y excluidos a los procedimientos selectivos para adquirir la condición de personal fijo en los Grupos I, II, III, IV y V, sujetos a régimen jurídico laboral en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nš 88, de 17 de julio de 2000.

FUNDAMENTO JURÍDICO

El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dispone que la Administración podrá rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Vistos los preceptos de aplicación y en virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O:

Relacionar en el anexo los aspirantes que subsanaron en el plazo concedido de 10 días los motivos de exclusión y que por error figuraron en las listas definitivas de excluidos, así como los aspirantes que no figuraron en las listas provisionales de admitidos ni excluidos y cuyos requisitos fueron cumplidos en tiempo y forma, pasando en consecuencia, a formar parte de la lista definitiva de admitidos.

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de agosto de 2000.- La Directora General de la Función Pública, Cristina de León Marrero.

< Ver anexos - Página/s 14389 >
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