

|
|
|
Considerando que el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que en cualquier momento las Administraciones Públicas podrán rectificar los errores materiales, de hecho o aritméticos, existentes en un acto.
El Secretario General Técnico, en el ejercicio de sus competencias,
R E S U E L V E:
El error material existente en el anuncio de 19 de julio de 2000, por el que se convoca concurso, procedimiento abierto, para la implantación del sistema de gestión documental y archivos en las Direcciones Territoriales de Industria y Energía, queda rectificado de la siguiente forma:En el apartado 1.a):
- Donde dice: "Organismo: Dirección General de Industria y Energía", debe decir: "Organismo: Viceconsejería de Industria y Comercio".
Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de agosto de 2000.- El Secretario General Técnico, José Trasobares de Dios.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |