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Resultando que la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 23 de mayo de 2000, acordó proponer su aprobación definitiva.
Considerando que es competente para resolver esta Consejería por tratarse de una modificación que afecta al planeamiento general de un municipio capital de provincia.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Aprobar definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Santa Cruz de Tenerife que afecta a sus Normas Urbanísticas en los mismos términos de su aprobación provisional municipal acordada en la sesión plenaria celebrada el 18 de febrero de 2000.
Contra la presente Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias a interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de julio de 2000.
EL CONSEJERO DE POLÍTICA
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE,
Tomás Van de Walle de Sotomayor.
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