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Resultando que la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 30 de junio de 1999, acordó suspender su aprobación definitiva a fin de que se subsanasen los reparos que en el propio acuerdo se señalaron.
Resultando que el Servicio de Ordenación Urbanística de la Dirección General de Ordenación del Territorio informa que los reparos señalados han sido subsanados por el Ayuntamiento.
Considerando que en el acuerdo se facultó al titular de este Departamento para la toma de conocimiento.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Tomar conocimiento de la documentación corregida de la Modificación Puntual nš 2 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del municipio de El Paso que afecta al Sector SAU-2, Industrial, declarando, en consecuencia su aprobación definitiva.
Contra la presente Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias a interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de julio de 2000.
EL CONSEJERO DE POLÍTICA
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE,
Tomás Van de Walle de Sotomayor.
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