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BOC Nº 104. Viernes 11 de Agosto de 2000 - 2935

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Industria y Comercio

2935 - Dirección General de Comercio.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 14 de junio de 2000, que notifica Orden del Consejero de Industria y Comercio, de 8 de marzo de 2000, por la que se dispone el inicio del procedimiento de reintegro de parte de la subvención concedida a Comercial Ferrecana, S.A.L. mediante Orden de 31 de octubre de 1996 (expte. SM/131/96/LP), rectificada por Orden de 8 de mayo de 2000.

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Habiendo sido intentada la notificación de la presente Orden Departamental en el domicilio que figuraba en el expediente incoado por el correspondiente Centro Directivo de esta Consejería sin que haya sido recibida por el interesado, y de conformidad con lo establecido en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a Comercial Ferrecana, S.A.L., la Orden de 8 de marzo de 2000 (libro 01, folio 344) que figura como anexo de esta Resolución, por la que se dispone el inicio del procedimiento de reintegro de parte de la subvención concedida mediante Orden de 31 de octubre de 1996 a dicha entidad (expediente SM/131/96/LP), con la rectificación de errores materiales efectuada por Orden de 8 de mayo de 2000 (libro 01, folio 534).

2.- Remitir al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canarias, a 14 de junio de 2000.- El Director General de Comercio, Pedro Suárez López de Vergara.

A N E X O

Orden de 8 de marzo de 2000, por la que se dispone el inicio del procedimiento de reintegro de parte de la subvención concedida a Comercial Ferrecana, S.A.L. mediante Orden de 31 de octubre de 1996 (expediente SM/131/96/LP), rectificada por Orden de 8 de mayo de 2000.

Mediante Orden de 31 de octubre de 1996 se concedió una subvención a Comercial Ferrecana, S.A.L. para la realización de inversiones destinadas a la modernización del comercio minorista y mayorista y para la creación de nuevas empresas comerciales innovadoras, por importe de 332.479 pesetas. Dicha subvención representa el 28% de la inversión aprobada que asciende a 1.187.425 pesetas.

Resultando que de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 de la mencionada Orden de concesión, se abonó anticipadamente dicha subvención.

Resultando que transcurrido el plazo para la justificación del destino dado a la subvención por el beneficiario (28 de febrero de 1997), se le requirió en escrito nº 6254, de 14 de mayo de 1997, concediéndole el plazo de quince (15) días para la presentación de la justificación de la misma.

Resultando que con fecha 4 de junio de 1997, Comercial Ferrecana, S.A.L., aporta facturas justificativas válidas por importe total de 29.307 pesetas. Siendo el porcentaje de subvención el 28% le correspondería una subvención de 8.206 pesetas. Habiéndosele abonado por anticipado 332.479 pesetas existe una diferencia de aplicación de 324.273 pesetas no justificadas debidamente.

Resultando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 y 36 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, mediante Orden de 11 de marzo de 1999, se dispuso el inicio del procedimiento de reintegro de parte de la subvención concedida a Comercial Ferrecana, S.A.L.

Resultando que vencido el plazo establecido para resolver dicho procedimiento de reintegro y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 43.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se dictó la Orden de 18 de febrero de 2000, por la que se declara la caducidad del expediente iniciado por Orden de 11 de marzo de 1999, de reintegro de parte de la subvención concedida a Comercial Ferrecana, S.A.L.

Considerando que las cantidades a reintegrar tienen la consideración de ingresos de derecho público, los cuales prescriben a los cinco años, según lo preceptuado en los artículos 81.10 y 40 del Real Decreto-Legislativo 1.091/1988, de 23 de septiembre.

Visto el artículo 92.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de las atribuciones conferidas en las disposiciones vigentes, en especial por el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, y a propuesta de la Dirección General de Comercio,

D I S P O N G O:

Primero.- Iniciar el procedimiento de reintegro de la subvención concedida mediante Orden de 31 de octubre de 1996, a Comercial Ferrecana, S.A.L. (expediente SM/131/96/LP), por importe de 332.479 pesetas para la realización de inversiones destinadas a la modernización del comercio minorista y mayorista y para la creación de nuevas empresas comerciales innovadoras.

Segundo.- La cantidad propuesta a reintegrar asciende a trescientas veinticuatro mil doscientas setenta y tres (324.273) pesetas más los intereses de demora devengados desde el momento del abono de los fondos percibidos y que serán determinados por el órgano competente en materia del tesoro.

Tercero.- Comunicar que, conforme a lo dispuesto en el artículo 36.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dispone de un plazo de quince (15) días para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, a contar a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación.

Cuarto.- El plazo para la resolución del procedimiento de reintegro que se inicia mediante la presente Orden será de seis (6) meses, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 2.225/1993, de 17 de diciembre, que se aplica con carácter supletorio.- El Consejero de Industria y Comercio, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

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