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BOC Nº 104. Viernes 11 de Agosto de 2000 - 2934

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Industria y Comercio

2934 - Dirección General de Comercio.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 14 de junio de 2000, que notifica Orden del Consejero de Industria y Comercio, de 8 de marzo de 2000, por la que se dispone el inicio del procedimiento de reintegro de parte de la subvención concedida a Petra Hobbold mediante Orden de 31 de octubre de 1996 (expte. SF/272/96/LP), rectificada por Orden de 8 de mayo de 2000.

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Habiendo sido intentada la notificación de la presente Orden Departamental en el domicilio que figuraba en el expediente incoado por el correspondiente Centro Directivo de esta Consejería sin que haya sido recibida por el interesado, y de conformidad con lo establecido en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a Petra Hobbold, la Orden de 8 de marzo de 2000 (libro 01, folio 338) que figura como anexo de esta Resolución, por la que se dispone el inicio del procedimiento de reintegro de parte de la subvención concedida mediante Orden de 31 de octubre de 1996 (expediente SF/272/96/LP), con la rectificación de errores materiales efectuada por Orden de 8 de mayo de 2000 (libro 01, folio 540).

2.- Remitir al Ayuntamiento de Santa Brígida la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de junio de 2000.- El Director General de Comercio, Pedro Suárez López de Vergara.

A N E X O

Orden de 8 de marzo de 2000, por la que se dispone el inicio del procedimiento de reintegro de parte de la subvención concedida a Petra Hobbold mediante Orden de 31 de octubre de 1996 (expediente SF/272/96/LP), rectificada por Orden de 8 de mayo de 2000.

Mediante Orden de 31 de octubre de 1996 se concedió una subvención a Petra Hobbold para la realización de inversiones destinadas a la restauración de fachadas, escaparates y obras de remodelación interior de los comercios minoristas, por importe de 657.248 pesetas. Dicha subvención representa el 27,6% de la inversión aprobada que asciende a 2.381.336 pesetas.

Resultando que de conformidad con lo dispuesto en el apartado II.4 de la mencionada Orden de concesión, se le abonó anticipadamente el 50% de la subvención concedida, es decir, 328.624 pesetas.

Resultando que dentro del plazo establecido Petra Hobbold presentó facturas justificativas de la inversión subvencionada por importe 683.538 pesetas. Siendo el porcentaje de subvención el 27,6%, le correspondería una subvención de 188.656 pesetas. Habiéndosele abonado por anticipado 328.624 pesetas, existe una diferencia de aplicación de 139.968 pesetas no justificadas debidamente.

Resultando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 y 36 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, mediante Orden de 27 de febrero de 1998, se dispuso el inicio del procedimiento de reintegro de parte de la subvención concedida a Petra Hobbold.

Resultando que vencido el plazo establecido para resolver dicho procedimiento de reintegro y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 43.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se dictó la Orden de 18 de febrero de 2000, por la que se declara la caducidad del expediente iniciado por Orden de 27 de febrero de 1998, de reintegro de la subvención concedida a Petra Hobbold.

Considerando que las cantidades a reintegrar tienen la consideración de ingresos de derecho público, los cuales prescriben a los cinco años, según lo preceptuado en los artículos 81.10 y 40 del Real Decreto-Legislativo 1.091/1988, de 23 de septiembre.

Visto el artículo 92.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de las atribuciones conferidas en las disposiciones vigentes, en especial por el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, y a propuesta de la Dirección General de Comercio,

D I S P O N G O:

Primero.- Iniciar el procedimiento de reintegro de parte de la subvención concedida mediante Orden de 31 de octubre de 1996, a Petra Hobbold (expediente SF/272/96/LP), por importe de 657.248 pesetas para la realización de inversiones destinadas a la restauración de fachadas, escaparates y obras de remodelación interior de los comercios minoristas.

Segundo.- La cantidad propuesta a reintegrar asciende a ciento treinta y nueve mil novecientas sesenta y ocho (139.968) pesetas más los intereses de demora devengados desde el momento del abono de los fondos percibidos y que serán determinados por el órgano competente en materia del tesoro.

Tercero.- Comunicar que, conforme a lo dispuesto en el artículo 36.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dispone de un plazo de quince (15) días para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, a contar a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación.

Cuarto.- El plazo para la resolución del procedimiento de reintegro que se inicia mediante la presente Orden será de seis (6) meses, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 2.225/1993, de 17 de diciembre, que se aplica con carácter supletorio.- El Consejero de Industria y Comercio, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

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