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BOC Nº 091. Lunes 24 de Julio de 2000 - 999

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Turismo y Transportes

999 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 7 de julio de 2000, por la que se convoca oposición para la contratación de un Titulado Superior para su contratación laboral temporal.

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Hallándose vacante un puesto de trabajo dotado presupuestariamente que se reseña en el anexo I, reservado a personal laboral, y que figura contenido en el Decreto 326/1999, de 2 de diciembre (B.O.C. nº 168, de 24.12.99), por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes, y debiendo procederse por urgente necesidad del servicio a su provisión con carácter temporal hasta que tenga lugar su cobertura por los procedimientos ordinarios.

Vistos los informes de la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público, de la Dirección General de la Función Pública y de la Dirección General del Servicio Jurídico.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5.2.e) del Decreto 281/1995, de 11 de septiembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Transportes,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar oposición para la cobertura de una plaza de la vigente R.P.T. de este Departamento, mediante contratación laboral temporal, con la categoría de Titulado Superior, según se detalla en el anexo I.

En lo no previsto en la presente Resolución, que tendrá la consideración de bases de la convocatoria, se aplicará la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y el vigente Convenio Laboral Único del Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- La persona que se contrate quedará sometida al período de prueba que señala el artículo 14 del citado Convenio Colectivo, siempre y cuando no haya prestado servicios en la misma categoría en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuyo caso quedará exento del citado período de prueba (artº. 14, párrafo 3º, del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto-Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). Asimismo, estará sujeto a las incompatibilidades establecidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás disposiciones legales y reglamentarias en esta materia.

Tercero.- Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría General Técnica en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación o directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de dicha publicación, si bien, de presentar recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse el contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, sin perjuicio de que los interesados puedan presentar los recursos que estimen procedentes.

BASES Primera.- Requisitos de los participantes.

Para poder participar en la oposición, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias:

a) Ser ciudadano español de conformidad con las leyes vigentes.

b) Tener 18 años cumplidos.

c) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni hallarse separado ni despedido por expediente disciplinario, del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas.

d) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

e) Estar en posesión de la titulación académica que para el puesto de trabajo se especifica en el anexo I de esta Resolución.

Segunda.- Acreditación de requisitos.

Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán al momento de presentación de la solicitud para participar en las pruebas selectivas de la forma que se indica a continuación, y, de no hacerlo, se perderán todos los derechos derivados de la selección:

a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I.

c) y d) Declaración responsable (anexo III).

e) Titulación académica (original o fotocopia compulsada).

Tercera.- Presentación de instancias.

Para poder participar en la oposición, los interesados habrán de presentar instancia ajustada al modelo que se inserta como anexo II de la presente Resolución, acompañada de los documentos acreditativos de reunir los requisitos a que se refiere el apartado primero de esta Resolución.

El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

La presentación de las instancias se podrá realizar en el Registro de la Consejería de Turismo y Transportes, Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Edificio de Usos Múltiples I, 6ª planta, de Las Palmas de Gran Canaria, o en la calle de La Marina, 57, de Santa Cruz de Tenerife.

Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en las oficinas, registros y organismos previstos en el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente mencionada, y en virtud del cual se regula la recepción de documentos dirigidos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuarta.- Lista provisional y definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

En el plazo de cinco días hábiles siguientes a la fecha máxima de recepción de instancias se publicará en el tablón de anuncios de la Secretaría General Técnica de este Departamento la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en la que se expresará la causa de la exclusión de estos últimos, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos. Dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes al de la finalización de este último se publicará en los tablones de anuncios de la Secretaría General Técnica del Departamento la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como la indicación del lugar, fecha y hora en que tendrán lugar las pruebas, debiendo comparecer los aspirantes provistos de su D.N.I.

Quinta.- Tribunal Calificador.

Se constituirá un Tribunal Calificador que estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente:

- Titular: Ilma. Sra. Dña. Rosa María Rodríguez Martín, Secretaria General Técnica de la Consejería de Turismo y Transportes.

- Suplente: Dña. María Luisa García Van Isschot, Jefa de Servicio de Apoyo y Coordinación.

- Vocal Secretario:

- Titular: D. Roberto Álvarez Felipe, Jefe de Servicio de Régimen Interior de la Secretaría General Técnica.

- Suplente: Dña. Rosa María Luengo Barreto, Jefa de Servicio de Acción Turística.

- Vocal en representación de la Dirección General de la Función Pública:

- Titular: D. Francisco Javier Ramos García, Jefe de Servicio de Régimen Interno y Relaciones con la Administración Local, de la Dirección General de la Función Pública.

- Suplente: D. Manuel Alcaide Díaz-Llanos, Jefe de Servicio de Asuntos Administrativos de Presidencia del Gobierno.

- Dos vocales en representación de los trabajadores:

- Titular: Dña. María Inmaculada Padrón Guillén.

- Suplente: D. Joaquín Castro San Luis.

- Titular: Dña. María Lourdes González-Palenzuela Gallego.

- Suplente: Dña. Casilda Rojo Garnica.

Para la válida constitución del órgano de selección, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad al menos de sus miembros. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estuvieren incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Los miembros del Tribunal Calificador tendrán derecho a percibir las asistencias y demás indemnizaciones que correspondan según la normativa vigente en el momento de celebración del proceso selectivo. El máximo de asistencias será de diez, de conformidad con el artículo 40.3 del Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio, aprobado por el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre.

La Secretaría General Técnica del Departamento podrá designar el personal necesario para colaborar en las tareas extraordinarias de carácter administrativo precisas para el desarrollo del proceso selectivo, quien percibirá las indemnizaciones por razón del servicio que le corresponda.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, de conformidad con el artículo 74.2 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Contra las resoluciones y actos de trámite del Tribunal, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicios irreparables a derechos e intereses legítimos, se podrá interponer recurso de alzada ante esta Secretaría General Técnica, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad a lo dispuesto en el artº. 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sexta.- Desarrollo del sistema selectivo.

La selección se realizará por el sistema de oposición.

La oposición se compone de dos ejercicios, el primero teórico y el segundo práctico, cada uno de ellos tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.

a) Primer ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito, durante cuatro horas, dos temas extraídos del programa que se acompaña como anexo IV de la presente convocatoria, uno de la parte general y otro de la parte específica, que se escogerán por el Tribunal al azar justo antes del comienzo del ejercicio.

b) Segundo ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito, en un período máximo de dos horas, un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, relacionado con el temario de la convocatoria.

- El Tribunal podrá acordar la lectura pública de los ejercicios, pudiendo solicitar al aspirante aclaraciones sobre alguno de los aspectos de los temas desarrollados. La comunicación de esta resolución, y su lugar, día y hora se formularán de viva voz al inicio del ejercicio y, además, mediante anuncio que se publicará en el centro en el que tenga lugar éste, y en el tablón de anuncios de la Consejería, quedando eliminados los aspirantes que no concurrieran al acto de lectura.

- Los ejercicios serán puntuados de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de cinco (5) puntos, para superar cada uno de ellos.

- El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de febrero de 2000 (B.O.E. nº 54, de 3.3.00), siendo convocados los aspirantes en único llamamiento, quedando decaídos en su derecho los que no comparezcan a realizar el ejercicio.

Séptima.- Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, con el visto bueno del Presidente, y hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribunal deban reflejarse en el acta. El Tribunal deberá formular la correspondiente propuesta de contratación del aspirante que haya obtenido mayor puntuación, remitiéndose toda la documentación a la Secretaría General Técnica del Departamento.

El Tribunal podrá proponer a la Secretaría General Técnica la aprobación de una lista de reserva, para cubrir posibles vacantes en la misma categoría, que se produzcan en la Consejería de Turismo y Transportes, la cual estará formada, por orden de puntuación, por todos aquellos aspirantes que hayan superado las pruebas y no hubieran sido propuestos para su contratación.

Octava.- La propuesta de contratación se publicará en los tablones de anuncios a que se refiere la base cuarta de esta convocatoria y servirá de citación a las personas seleccionadas que deberán presentar la documentación que en ella se señale en el plazo de tres días.

Quedarán decaídos en su derecho quienes no presenten toda la documentación exigida en el plazo precitado, y la Administración efectuará llamamientos por orden de puntuación a los siguientes aspirantes en el supuesto de no formalizarse el contrato con los aspirantes seleccionados por las causas señaladas anteriormente.

Novena.- Presentada de conformidad toda la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente (contrato de interinidad, artículo 4 del Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre), previas las formalidades administrativas legalmente previstas.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de julio de 2000.- La Secretaria General Técnica, Rosa María Rodríguez Martín.

A N E X O I

CENTRO DIRECTIVO: Secretaría General Técnica.

Nº R.P.T.: 16.02.04.004.

UNIDAD: Servicio de Régimen Jurídico.

DENOMINACIÓN (CATEGORÍA): Titulado Superior.

CLASE VÍNCULO: personal laboral.

GRUPO: I.

TITULACIÓN REQUERIDA: Licenciado en Derecho.

LOCALIZACIÓN TERRITORIAL: Santa Cruz de Tenerife.

|FORMULARIO A N E X O I I

Ver anexos - página 10192

APELLIDOS: .........................................................................................................................................................................................................................

NOMBRE: ............................................................................................................................................................................................................

DOMICILIO: ............................................................................................................................................................................................................

TELÉFONO: ............................................................................................................................................................................................................

EXPONE:

Que habiéndose convocado por Resolución de la Secretaría General Técnica, pruebas para la selección de personal para su contratación temporal.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos, acompañándose la documentación exigida.

SOLICITA:

Ser admitido a las mencionadas pruebas para la provisión de la plaza nº R.P.T. 16.02.04.004 Titulado Superior, y localización en Santa Cruz de Tenerife.

En ..........................................................................., a ........................ de ......................................... de 2000.

Fdo.:

ILMA. SRA. SECRETARIA GENERAL TÉCNICA.

CONSEJERÍA DE TURISMO Y TRANSPORTES.

A N E X O I I I

DECLARACIÓN RESPONSABLE

D./Dña. ........................................................................................................................................, con D.N.I. nº ..........................................................

Declaro bajo mi responsabilidad:

No haber sido separado/a ni despedido/a mediante expediente disciplinario del servicio de alguna de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

(Fecha, lugar y firma).

A N E X O I V

PARTE GENERAL

Tema 1.- El acto administrativo: delimitación conceptual y elementos. Clasificación de los actos administrativos. Régimen jurídico de los actos presuntos. Los actos tácitos.

Tema 2.- Validez e invalidez de los actos. Nulidad y anulabilidad. Irregularidades no invalidantes. Convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos.

Tema 3.- Eficacia, notificación y publicación. Ejecutividad y ejecutoriedad. La ejecución forzosa. La suspensión del acto administrativo.

Tema 4.- La revisión de oficio. Declaración de nulidad de los actos administrativos. La revocación. Rectificación de errores.

Tema 5.- El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza jurídica. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: contenido, ámbito de aplicación y principios informadores.

Tema 6.- Los interesados en el procedimiento administrativo. Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Estudio especial de los informes. Términos y plazos.

Tema 7.- El procedimiento sancionador.

Tema 8.- Los recursos administrativos: concepto, clases y principios generales de su regulación. Procedimiento de tramitación y resolución. Recursos y reclamaciones.

Tema 9.- El recurso de alzada. El recurso de reposición. El recurso extraordinario de revisión.

Tema 10.- La jurisdicción contencioso-administrativa: naturaleza, extensión y límites. El recurso contencioso-administrativo: sujetos y objeto del proceso. Actos impugnables.

Tema 11.- Los contratos administrativos: delimitación conceptual. Concepto y clases. Contratos administrativos y contratos privados de la Administración. Principios informadores de la relación contractual. Las prerrogativas de la Administración y las garantías del contratista.

Tema 12.- Régimen jurídico de la contratación administrativa. Procedimientos de contratación: modalidades.

Tema 13.- La expropiación forzosa. Evolución histórica. Legislación vigente. Sujetos y objeto de la expropiación. Procedimiento general. Peculiaridades de la declaración de urgente ocupación.

Tema 14.- Procedimientos especiales de expropiación. Reversión de bienes expropiados. Garantías jurisdiccionales: estudio especial de la impugnación por la Administración de los acuerdos de los Jurados. Limitaciones administrativas de la propiedad privada y servidumbres administrativas.

Tema 15.- La responsabilidad de la Administración en la legislación española: antecedentes, regulación actual y causas de exoneración. El régimen jurídico de la responsabilidad patrimonial en el Derecho español. La responsabilidad extracontractual de la Administración. Principales teorías. La responsabilidad de las autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

Tema 16.- El dominio público: concepto. Afectación, desafectación y mutaciones demaniales. Régimen jurídico del dominio público. La utilización del dominio público.

Tema 17.- El patrimonio privado de las entidades públicas. Régimen jurídico. Potestades de la Administración y régimen de adquisición y enajenación.

Tema 18.- El personal al servicio de la Administración Pública: sus clases. La Función Pública: naturaleza jurídica y contenido de la relación jurídica funcionarial. Los funcionarios de carrera: adquisición y pérdida de tal condición. Selección y provisión al puesto de trabajo.

Tema 19.- Las formas de acción administrativa: evolución histórica, clases y caracteres. La actividad de policía: medios y limitaciones. La acción de fomento: medios y régimen jurídico.

Tema 20.- El servicio público: concepto y modos de gestión. La concesión: clases y naturaleza jurídica. El régimen jurídico de la concesión. Modificación, novación, transmisión y extinción de concesiones.

Tema 21.- Estatuto de Autonomía de Canarias. Estructura, contenido y naturaleza jurídica.

Tema 22.- El Parlamento de Canarias. Funciones, organización y funcionamiento. Elección de los Diputados regionales. Los Grupos parlamentarios.

Tema 23.- El Gobierno de Canarias. Concepto y régimen jurídico. Funciones del Gobierno. Las relaciones del Gobierno con el Parlamento. El Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias: funciones.

Tema 24.- La organización administrativa de Canarias. El Consejo de Gobierno: consideración administrativa y atribuciones. Las Comisiones de Gobierno. Consejerías. Viceconsejerías. Secretarías Generales Técnicas. Direcciones Generales.

Tema 25.- La Consejería de Turismo y Transportes. Estructura, competencias y funciones. El Decreto 281/1995, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Transportes.

PARTE ESPECÍFICA Tema 1.- La Ley de Ordenación del Turismo de Canarias. Estructura, principios generales y contenido. Competencias de las Administraciones Canarias en la materia.

Tema 2.- Desarrollo reglamentario de la Ley de Ordenación del Turismo de Canarias. Otras disposiciones normativas en materia turística.

Tema 3.- Infracciones y sanciones en materia turística. Decreto 190/1996, de 1 de agosto, regulador del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística y de la inspección de turismo.

Tema 4.- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los transportes terrestres. Competencias de la Administración Canaria en la materia. Desarrollo reglamentario.

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